28 DE JULIO DE 2011
Resolución Nº 3219
La Corte Suprema de Justicia, en fecha 12 de junio de 2011, dio a conocer la Resolución Nº 3219 por la cual se dispuso modificar el Art. 1º de la Resolución Nº 3.188 y Nº 3.189 del 28 de junio de 2011, respectivamente, donde fue redistribuida y llamada a Concurso un Registro Público Notarial vacante para la localidad de Yhú, Departamento de Caaguazú, y que pase a la localidad de Villa Ygatymí, Departamento de Canindeyú.
RESOLUCIÓN Nº 3219
Asunción, 12 de julio de 2011.-
VISTA: La Resolución Nº 3.188 Nº y 3.189 del 28 de junio de 2011 de la Corte Suprema de Justicia y La Ley Nº 4.346/2011, respectivamente; y
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Art. 1º de la Resolución Nº 3.188 del 28 de junio de 2.011 de la Corte Suprema de Justicia, se resolvió redistribuir cinco (5) de los diez (10) Registros Notariales vacantes de la ciudad de Asunción.-
Que, el Art. 1º de la Resolución Nº 3.189 del 28 de junio de 2.011 de la Corte Suprema de Justicia, se resolvió llamar al 10º Concurso de Oposición para Notarios de la República del Paraguay.-
Que, el Art. 1º de la Ley Nº 4.346/2011 creó cinco (5) nuevos Registros Públicos Notariales Civiles y Comerciales en el Departamento de Caaguazú, específicamente para los siguientes Distritos: Vaquería, Yhú, San Joaquín, Raúl Arsenio Oviedo y Repatriación.-
Que, atendiendo a la Redistribución y al llamado a Concurso de un (1) Registro Público Notarial para la localidad de Yhú, Departamento de Caaguazú y a la nueva creación de un Registro Notarial en la misma ciudad, es necesario redistribuirla a la localidad de Villa Ygatymí, Departamento de Canindeyú, de acuerdo al orden de localidades sugeridas por la Dirección de Planificación y Desarrollo, según Nota DP-CSJ Nº 49/2011.-
Que, de conformidad al Art. 3º de la ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, establece como deberes y atribuciones de la misma, dictar su propio Reglamento Interno, Acordadas, Resoluciones y todos los actos que fueren necesarios, en ese sentido, para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia, en uso de sus atribuciones,
Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
R E S U E L V E:
Art. 1º.- MODIFICAR el Art. 1º de la Resolución Nº 3.188 y Nº 3.189 del 28 de junio de 2011, respectivamente, donde fue redistribuida y llamada a Concurso un (1) Registro Público Notarial vacante para la localidad de Yhú, Departamento de Caaguazú, pase a la localidad de Villa Ygatymí, Departamento de Canindeyú.
Art. 2º.- AMPLIAR el Art 1º de la Resolución Nº 3.189 del 28 de junio de 2.011, incluyendo en el llamado al 10º Concurso de Oposición para Notarios de la República del Paraguay, las cinco (5) localidades del Departamento de Caaguazú, como seguidamente se detalla
Nº
LOCALIDAD
Nº DE REGISTRO
DEPARTAMENTO
CANTIDAD DE REGISTROS
1
Vaquería
1.165
Caaguazú
1
2
Yhú
1.166
Caaguazú
1
3
San Joaquín
1.167
Caaguazú
1
4
Raúl Arsenio Oviedo
1.168
Caaguazú
1
5
Repatriación
1.169
Caaguazú
1
Art. 3º.- ANOTAR, registrar, publicar.
Ante mí:
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