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22 DE NOVIEMBRE DE 2010

PUEDEN RECLAMAR CIVIL Y PENALMENTE

Juez dijo que víctimas de accidentes de tránsito pueden efectuar querella autónoma de manera inmediata

El juez Penal de Garantías Oscar Delgado comentó que las personas que resultaran ser víctimas de accidentes de tránsito pueden efectuar querella autónoma de manera inmediata y reclamar en los fueros Civil y Penal. Agregó que el hecho punible de homicidio en accidente de tránsito puede establecerse como culposo y de acuerdo a la circunstancia, podría cambiarse el tipo Penal como homicidio por dolo eventual.

Con relación a los numerosos accidentes de tránsito ocurridos en nuestro país, especialmente el ocurrido en la noche del sábado en San Lorenzo donde un bus embistió a un automóvil cuyo conductor estaba alcoholizado provocando serias lesiones a 30 personas que estaban a bordo, causando que alguno de ellos sufran amputaciones de sus miembros, el juez Penal de Garantías Oscar Delgado se refirió al tema.

El magistrado explicó que las personas que resultaran ser víctimas de accidentes de tránsito pueden efectuar querella autónoma de manera inmediata y reclamar en los fueros Civil y Penal.

Agregó, que este tipo de hechos están previstos en la legislación. En el homicidio en accidente de tránsito podría establecerse lo que se considera hecho punible culposo que tiene una expectativa de pena privativa de libertad que oscila entre los 6 a 5 años o multa, aunque también, de acuerdo a la circunstancia podría cambiarse el tipo penal como homicidio por dolo eventual, significa el conocimiento previo del autor de las consecuencias que podría acarrear el acto que realiza como ingerir bebidas alcohólicas, drogas o medicamentos fuertes y manejar en esas condiciones.

Con respecto a los reclamos en los fueros Civil y Penal, mencionó que en este último, la querella autónoma se hace ante los jueces de Sentencia y no ante los magistrados de Garantías, conformando un tribunal unipersonal para su juzgamiento que cuenta con las características de un juicio oral y público, además tiene derechos a reclamar resarcimiento por daños y perjuicio por la vía Civil.

Finalmente, el juez Delgado señaló que la legislación está plenamente cubierta ya que los vehículos deben contar con seguros de daños contra terceros. A modo de recomendación, instó a las víctimas a contratar inmediatamente un abogado, quien como medios de prueba debe contar con el diagnóstico médico, relatos, parte policial y otros documentos para iniciar la citada querella autónoma.

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