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28 DE OCTUBRE DE 2010

EN EL MARCO DEL MEJORAMIENTO DE LA JUSTICIA CIVIL

Implementan plan piloto de oportunidades de mejoras en la gestión de los juicios de divorcio por mutuo consentimiento

A fin de mejorar la gestión en los despachos civiles implementan plan piloto de oportunidades de mejoras en la gestión de los juicios de divorcio por mutuo consentimiento. Este proyecto se realiza a instancias de los jueces del fuero Civil y Comercial, Alberto Martínez Simón, Hugo Garcete, Mirtha Ozuna, Judith Gauto y María Angélica Calvo. Cabe destacar que este nuevo sistema cuenta con el apoyo del ministro de la Corte Suprema de Justicia, doctor Miguel Oscar Bajac.

Análisis de la situación del fuero Civil y Comercial en el Sistema Judicial paraguayo con la finalidad de implementar procesos que buscan una mejor gestión en los despachos civiles contribuyendo a mejorar el servicio de justicia.

 

Este proyecto se realiza a instancias de los jueces del fuero Civil y Comercial, Alberto Martínez Simón, Hugo Garcete, Mirtha Ozuna, Judith Gauto y María Angélica Calvo. Cabe destacar que este nuevo sistema cuenta con el apoyo del ministro de la Corte Suprema de Justicia, doctor Miguel Oscar Bajac.

 

Con este nuevo de sistemas se pretende, el mejoramiento de la gestión de los despachos civiles y considerando que ayudará al descongestionamiento de causas que tienen los jueces de dicho fuero.

 

Pasos que se realizan para el tramite

 

1- Elaboración de la providencia inicial y fijación de audiencia en 30 días

2- Audiencias en un solo día con las partes en primer lugar audiencia ratificatoria por separado y seguidamente audiencia de dictamiento de la sentencia definitiva, notificación de la resolución y libramiento de oficios con presencia del Agente Fiscal en lo Civil y Comercial

 

Conforme a dicho plan se requiere que a la fecha de la audiencia de ratificación de divorcio se cuente con el Auto Interlocutorio de disolución conyugal debidamente inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, inmediatamente se dictará la Sentencia Definitiva quedando notificada las partes de la misma y librar el oficio correspondiente a la Dirección General del Registro del Estado Civil teniendo en cuenta que en la audiencia también estará presente la Agente Fiscal en lo Civil y Comercial para emitir dictamen correspondiente
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