15 DE ABRIL DE 2025
LA CIUDADANÍA EN GENERAL Y A LA COMUNIDAD JURÍDICA
Ministerio de la Defensa Pública habilita líneas directas para asistencia legal gratuita en juicios ejecutivos ante Juzgados de Paz
En respuesta a la creciente necesidad de asistencia legal en casos de juicios ejecutivos, el Ministerio de la Defensa Pública ha anunciado la habilitación de dos líneas telefónicas directas para facilitar el acceso a defensores públicos a personas que no cuenten con los recursos para contratar un abogado particular.
Esta iniciativa tiene como objetivo garantizar una defensa real, oportuna, gratuita y cercana para aquellos que enfrentan juicios ante los Juzgados de Paz.
Los números de contacto estarán disponibles en los propios juzgados, permitiendo a los ciudadanos solicitar la designación de un defensor público de manera ágil y sencilla.
Esta medida busca fortalecer la intervención del mentado órgano y asegurar que todos los ciudadanos, independientemente de su situación económica, puedan ejercer su derecho a una defensa adecuada y gratuita, pidiendo lo que les corresponda en Derecho, a los Jueces de Paz que intervienen en sus causas civiles y comerciales, de acuerdo a la normativa procesal vigente.
Los funcionarios designados por el Defensor Adjunto para el área civil, Abg. Edgar Ríos Parquet, para atender estas líneas directas son:
* Leandro Rolón: 0971 744020
* Adán Fariña: 0981 553286
Ambos funcionarios pertenecen a la Defensoría Adjunta Civil del Ministerio de la Defensa Pública y estarán disponibles para recibir las solicitudes de asistencia legal y canalizar la intervención oportuna de un Defensor Público.
Es importante recordar que el servicio de la Defensa Pública en el ámbito civil está exclusivamente destinado a personas que carecen de medios para contratar un abogado privado.
Aquellos que deseen ejercer su derecho constitucional de elegir libremente a su representante legal pueden hacerlo.
Finalmente, se aclara que la representación ofrecida a través de estas líneas telefónicas está circunscrita a juicios del fuero civil. La Defensa Pública no interviene en procesos penales en representación de las víctimas, conforme a lo establecido en su Ley Orgánica.