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Corte Suprema de Justicia

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30 DE AGOSTO DE 2010

ANTE DUDAS EXISTENTES

Dejan firme fallo que absuelve de culpa y pena a un hombre acusado de uxoricidio

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hizo lugar a una apelación planteada contra un Acuerdo y Sentencia dictada por un Tribunal de Apelación en lo Criminal, y dejó firme la sentencia de Primera Instancia por la cual un acusado de haber asesinado a su esposa fue absuelto de culpa y pena. Luciano Espinola Contreras en primera instancia fue absuelto de culpa y pena, pero en segunda instancia fue condenado a 20 años de prisión, fallo que fue revocado por la Sala Penal, atendiendo las dudas existentes en cuanto a la autoría del hecho.

Los ministros integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hicieron lugar a una apelación planteada por Luciano Espínola Contreras en contra de un Acuerdo y Sentencia dictada por un Tribunal de Apelación en lo Criminal, que luego de ser absuelto de culpa y pena en primera instancia, lo condenó a 20 años de prisión acusado del homicidio de su esposa.

 

De esta manera, la Sala Penal dejó firme el fallo de primera instancia, revocando la sentencia dictada por el Tribunal de Apelación.

 

El homicidio con arma blanca había ocurrido el 21 de junio de 1998, en  el interior de una vivienda ubicada en Piquete Cué, jurisdicción de Limpio, resultando víctima Mariana Marín Rojas de Espinola y surgiendo como principal sospechoso, su esposo Luciano Espinola.

 

En su argumento, la Sala Penal sostiene que no corresponde la sentencia dictada por el Tribunal, considerando las dudas existentes en cuanto a la autoría del hecho, ya que Luciano Contreras fue condenado a base de indicios y a la declaración informativa de una de las nietas del acusado.

 

En la resolución se menciona que si bien la nieta de 10 años presenció lo ocurrido y en un primer momento acusó a su abuelo, no pudo sostener su versión en cuanto a la autoría del hecho.

 

Además cuando a la menor se le practicó el estudio psicológico el resultado del mismo fue que la niña tiene una madurez muy inferior a su edad, y se encuentra muy influenciada por su entorno. Asimismo, el estudio sostuvo que la menor es fantasiosa, narcisista, tiene agresividad reprimida, acompañada de sentimientos de culpa, además de arrebatos de cólera, rabia, odio, ira y venganza.

 

Igualmente, se menciona que en el momento del estudio se encontraba muy temerosa, insegura, inestable, confundida, angustiada, ansiosa y tensa, declarando incluso que una de las tías la había influenciado para que acusara del hecho al abuelo.

 

En ese sentido, parte de la resolución indica que la información de una menor, con el perfil mencionado no es suficiente para fundar una condena.

 

La resolución lleva las firmas de los ministros Sindulfo Blanco, Alicia Pucheta de Correa y Raúl Torres Kirmser.

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