12 DE ABRIL DE 2010
DOCUMENTO SERÍA REMITIDO A LA OFICINA DE QUEJAS Y DENUNCIAS
Dan a conocer informe de auditoria sobre causa que involucra al ex presidente de la Caja Municipal
La Dirección General de Auditoria de Gestión Judicial dio a conocer el informe con relación a la causa que involucra al ex presidente de la Caja Municipal, Edgardo Moazir Gómez Zaputovich sobre lesión de confianza y cohecho pasivo. El estudio del expediente arrojó como resultado que el criterio de la Dirección es que los abogados litigantes sean sujetos a un proceso disciplinario. El documento fue revisado por la jefa de la Unidad de Auditoria de Reacción Inmediata, Alejandra Arce y aprobado por el director de Auditoria de Gestión Judicial, Mario Elizeche y sería remitido a la Oficina de Quejas y Denuncias y posteriormente, a la Superintendencia General de Justicia.
Con el objeto de verificar el cumplimiento de los plazos procesales y los procedimientos establecidos por el Código Procesal Penal, se realizó una auditoria al expediente denominado “Edgardo Gómez Zaputovich y otros sobre lesión de confianza y cohecho pasivo”. El mismo fue dado a conocer por la Dirección General de Auditoria de Gestión Judicial.
El informe que fue revisado por la jefa de la Unidad de Auditoria de Reacción Inmediata, abogada Alejandra Arce y aprobado por el director de Auditoria de Gestión Judicial, Mario Elizeche, arrojó como resultado, que los abogados defensores, Jorge Bogarín, Bettina Legal y Néstor Candia transgredieron las normas estipuladas en los artículos 51, 53 incisos a, b y d, 55 del Código Procesal Civil y los artículos 112 y 113 del Código Procesal Penal.
El análisis del documento indica, que los abogados defensores han iniciado una serie de recursos e incidentes que una vez juzgados, resultaron improcedentes. Agrega, que el ordenamiento jurídico de nuestro país otorga a los órganos jurisdiccionales una serie de facultades que apuntan a disuadir a los litigantes de emplear planteamientos desproporcionados dentro del proceso, pero esto es sólo en apariencia, ya que los principios y fines del proceso penal son de naturaleza compleja y constantemente deben ceder unos para dar validez a los otros.
Agrega que mediante las facultades que son conferidas a los sujetos procesales, el Estado tiene como fin la protección del derecho de los ciudadanos a tener una tutela judicial efectiva. Sin embargo, se atenta contra el sentido del derecho a la defensa, si se realizan actos amparados por una norma legal pero persiguiendo objetivos diferentes a los pretendidos por el ordenamiento jurídico o incluso prohibidos por este.
En conclusión, se pervierte el derecho a la defensa empleando mecanismos procesales de impugnación, que si bien están previstos por la ley, tienden, no hacia una resolución favorable a los derechos del representado, sino directamente a imposibilitar al órgano juzgador su función de decidir. Cabe destacar, que es criterio de la Dirección General de Auditoria de Gestión Judicial, que los abogados litigantes sean sujetos a un proceso disciplinario.
La Dirección General de Auditoria de Gestión Judicial recomienda la remisión del informe a la Oficina de Quejas y Denuncias para su ingreso en el sistema y una vez registrado, enviar los antecedentes a la Unidad de Análisis de la Superintendencia General de Justicia.
Descarga de archivos
-
Ver Resolucion N 266 Formato Pdf 212 Kb
[Abrir] [Descargar]
212 Kb