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Corte Suprema de Justicia

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22 DE AGOSTO DE 2022

CONFORME LO ESTABLECEN EL ART. 29 DE LEY 6083/18 Y LA LEY 6486/20

Jueza recuerda prohibición de publicación de datos que posibiliten identificar a niña

La jueza Penal de la Adolescencia de la ciudad de Fernando de la Mora, María Inés Olmedo Gómez, a través de un oficio remitido a la Dirección de Comunicación de la Corte Suprema de Justicia, informó que ha resuelto, conforme el "Art. 29 de la Ley N° 6083/18, prohibir la publicación, por la prensa escrita, radial, televisiva o por cualquier otro medio de comunicación, formato de transmisión digital de informaciones, sistema de mensajerías y redes sociales, los nombres, las imágenes y audios o cualquier otro dato que posibilite identificar a la niña y, de conformidad a lo establecido en el Art. 29 de la Ley N° 6486/20, ordenar la reserva de los documentos, las actuaciones judiciales y administrativas del presente juicio a las partes, bajo apercibimiento de remitir compulsas al Ministerio Público en caso de incumplimiento de lo resuelto, el juzgado podrá disponer el levantamiento de la reserva en casos debidamente justificados". Se adjunta la nota.

La magistrada tomó la determinación en el marco del proceso caratulado “J. S. H. C. S/ MEDIDA DE CUIDADO ALTERNATIVO", a fin de garantizar la protección de la identidad e intimidad de la niña sujeto de derecho en el presente juicio.

Se recuerda que "los que infrinjan esta prohibición serán sancionados conforme al Art. 147 Revelación de secreto de carácter privado de la Ley Nº 1160/97 Código Penal, sin perjuicio de configurarse dicha conducta en otros tipos penales”.

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