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Corte Suprema de Justicia

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22 DE ABRIL DE 2022

DESCENTRALIZACIÓN JUDICIAL

Habilitan oficina de Registros Públicos en San Juan Bautista 

La Corte Suprema de Justicia habilitó este viernes la oficina regional de los Registros Públicos en San Juan Bautista, durante un acto que encabezó el presidente y ministro superintendente de la Circunscripción Judicial de Misiones, doctor Antonio Fretes junto al vicepresidente segundo, doctor Manuel Ramírez Candia, y el ministro doctor César Diesel. Esta nueva dependencia permitirá que profesionales abogados puedan realizar sus gestiones sin necesidad de trasladarse hasta la capital.

Durante el acto inaugural, miembros del Consejo de Administración realizaron entrega de placas de distinción y gratitud al presidente de la CSJ y ministro superintendente, Antonio Fretes, a los ministros Manuel Ramírez Candia y César Diesel, y al senador Fernando Silva Facetti. 

Es así que las autoridades destacaron la importancia de la habilitación de este servicio a la ciudadanía y que se enmarca en las acciones de las políticas  del Poder Judicial, con el compromiso de llegar a las demás circunscripciones.

Igualmente estuvieron la directora general de los Registros Públicos, abogada Lourdes González, y la presidenta de la Circunscripción Judicial de Misiones, abogada Miriam Alegre Jara, además de diversas autoridades nacionales.

Cabe recordar que la apertura de la Oficina de la Dirección General de Registros Públicos en esta circunscripción permitirá a los usuarios de justicia dar entrada y salida a los informes y escrituras públicas, certificados de condiciones de dominio, certificados de anotaciones personales, entre otros documentos de materia registral, facilitando el acceso a la misma sin la necesidad de trasladarse para realizar sus gestiones en otra circunscripción.

Culminado el acto, los profesionales realizaron sus primeras gestiones en la citada Circunscripción Judicial. 

Espacio de lactancia materna

Durante la jornada también quedó inaugurado un espacio de lactancia materna que se enmarca dentro de la Ley Nº 5.508/2015, de Promoción-Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna, que en su  artículo 17 establece: “Las instituciones públicas y empresas del sector público y privado, en las cuales trabajen más de 30 (treinta) mujeres, implementarán salas de lactancia materna habilitadas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de acuerdo con la normativa vigente”.

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