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Corte Suprema de Justicia

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27 DE ENERO DE 2009

CASO DEL BANCO NACIONAL DE TRABAJADORES

Jueza rechaza solicitud planteada por defensa del senador Juan Carlos Galaverna

La jueza Patricia González decidió no hacer lugar, por improcedente, al pedido de Abocamiento e Intervención Judicial planteado por el abogado Lelis Olmedo en representación del senador Juan Carlos Galaverna, investigado por el vaciamiento del Banco Nacional de Trabajadores, así como por enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias. La magistrada argumentó que la investigación esta en manos de la fiscalía y que hasta el momento ni siquiera hay imputados en el caso y que por lo tanto no corresponde contar con un juez de Garantías que vigile el proceso.

Por improcedente, el pedido de Abocamiento e Intervención Judicial planteado por la defensa del senador Juan Carlos Galaverna, no prosperó, ya que la jueza penal de Garantías, Patricia González rechazo el planteamiento.  El senador es investigado por el vaciamiento del Banco Nacional de Trabajadores, así como por enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias.

 

En su resolución, la magistrada argumenta que no corresponde fijar un juez de garantías que vigile el proceso investigativo, ya que hasta el momento no existen aun imputados en el caso, y que la fiscalía se encuentra en plena etapa de investigación.

 

Aclara, asimismo, que los actos de investigación o diligencias iniciales del procedimiento quedan a cargo del Ministerio Público y que son actuaciones encaminadas a preparar el juicio por lo que su finalidad es averiguar y corroborar la perpetración del hecho y la identificación del autor, mientras el trabajo de un juez es juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.

 

“En ese sentido, no podemos olvidar que todo proceso se inicia con la imputación fiscal, la denuncia es solo una simple información, la siempre llamada Notitia Criminis que indica qué pautas debe seguir el fiscal para su investigación, por lo que mal podríamos estar hablando, y mucho menos, aceptando la intervención en carácter de representantes de la defensa de una persona que ni siquiera fue imputada a la fecha, por tanto al no existir siquiera un proceso penal, que se inicia, reiteramos, con el requerimiento de imputación fiscal, corresponde no hacer lugar a la solicitud de abocamiento e intervención presentada por el abogado Lelis Olmedo, ya que resulta improcedente” señala, la disposición del Juzgado.

 

Cabe mencionar que la investigación del caso esta en manos de la fiscala Victoria Acuña, quien precisamente, se opuso al pedido planteado por la defensa del senador Galaverna. Según los datos preliminares, el legislador habría actuado en connivencia con el entonces presidente del BNT, Edgar Cataldi, para provocar un perjuicio patrimonial de unos 120.000 millones de guaraníes.

 

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