12 DE FEBRERO DE 2014
GARANTIZANDO LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS
Requisitos para pruebas de ADN gratuitas
En el marco de la aplicación de las “100 Reglas de Brasilia”, la Corte Suprema de Justicia dispuso la realización de pruebas de AND gratuitas para personas de escasos recursos. Para acceder a este beneficio los interesados deben demostrar su insolvencia a través de un procedimiento a cargo de los defensores de Pobres y Ausentes de la Niñez en coayuda de la fiscalía y el propio Juzgado de la Niñez. Esta prueba se realiza a fin de que el niño sea reconocido por su progenitor.
En ese sentido, como primer paso para acceder a solicitar una prueba de ADN gratuita ante la máxima instancia judicial, es necesario que la madre presente su cédula de identidad y el certificado de nacimiento del niño o niña ante un defensor de Pobres y Ausentes de la Niñez, quien se encargará de realizar el juicio ante el Juzgado de la Niñez.
Posteriormente, la denunciante realizará el relato de la historia, ya que es considerado como una declaración jurada de los hechos alegados. A fin de acceder al beneficio de litigar sin gastos, el interesado debe presentar dos testigos que cotejen los hechos declarados, que deben presentar copia de su cédula de identidad, así como dejar constancia de su dirección y otros datos personales.
Para iniciar la demanda se procede al trámite dentro del Juzgado de la Niñez con el fin de constatar la falta de medios económicos de los involucrados; el juzgado envía el formulario de realización del examen a la Corte Suprema de Justicia; luego de obtener dictamen favorable de la Fiscalía y la Defensoría de Pobres y Ausentes de la Niñez, se otorga el beneficio. Tras superar el proceso administrativo, se comunica al juzgado solicitante la aprobación de la realización de dicha prueba.
Una prueba de paternidad se realiza con el fin de demostrar si un hombre es o no el padre biológico de otro individuo. Esto puede tener importancia respecto de los derechos del niño y la niña y obligaciones del padre. De la misma manera, también es posible realizar una prueba de maternidad, aunque esto es menos común, ya que casi siempre se conoce la identidad de la madre.
Posteriormente, la denunciante realizará el relato de la historia, ya que es considerado como una declaración jurada de los hechos alegados. A fin de acceder al beneficio de litigar sin gastos, el interesado debe presentar dos testigos que cotejen los hechos declarados, que deben presentar copia de su cédula de identidad, así como dejar constancia de su dirección y otros datos personales.
Para iniciar la demanda se procede al trámite dentro del Juzgado de la Niñez con el fin de constatar la falta de medios económicos de los involucrados; el juzgado envía el formulario de realización del examen a la Corte Suprema de Justicia; luego de obtener dictamen favorable de la Fiscalía y la Defensoría de Pobres y Ausentes de la Niñez, se otorga el beneficio. Tras superar el proceso administrativo, se comunica al juzgado solicitante la aprobación de la realización de dicha prueba.
Una prueba de paternidad se realiza con el fin de demostrar si un hombre es o no el padre biológico de otro individuo. Esto puede tener importancia respecto de los derechos del niño y la niña y obligaciones del padre. De la misma manera, también es posible realizar una prueba de maternidad, aunque esto es menos común, ya que casi siempre se conoce la identidad de la madre.