03 DE SEPTIEMBRE DE 2013
EN EL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN
Magistrados se capacitaron en Derecho Civil
Continuó este lunes el curso de actualización en Derecho Civil, con el módulo III. El tema desarrollado fue "Contratos en el Derecho Judicial Paraguayo". El disertante fue el profesional chileno Francisco Segura. La actividad fue organizada por la Asociación de Jueces del Paraguay y se realizó en el salón auditorio del Palacio de Justicia.
“En Chile las jurisprudencias son muy institucionalistas, muy poco flexibles a la interpretación de los casos”, empezó diciendo el expositor extranjero. Comentó que en su país el Estado invirtió 1.400 millones de dólares en la reforma judicial. Si bien es bastante transparente, se lo considera muy institucionalista y tiene mucho que mejorar.
Analizando los contratos en nuestro país, el especialista extranjero puso como ejemplo el de seguros y dice que tiene reglas muy estrictas. “Los contratos de seguro son normalmente contratos de adhesión en los cuales el asegurado se encuentra en una situación de desventaja al tener que adherirse y la normativa debe ser interpretada a su favor. El seguro está para pagar al asegurado los daños, lo que puede pelear es el monto a pagar”, afirmó.
El abogado dijo que, acorde con los principios que rigen la interpretación de los contratos, quien juzga una cuestión contractual no debe ceñirse solo al significado técnico-jurídico de las palabras usadas, “sino también a las circunstancias del caso, el fin práctico y la conducta posterior de las partes contratantes, que muestra otro alcance de los términos del mismo”, aseguró.
Analizando los contratos en nuestro país, el especialista extranjero puso como ejemplo el de seguros y dice que tiene reglas muy estrictas. “Los contratos de seguro son normalmente contratos de adhesión en los cuales el asegurado se encuentra en una situación de desventaja al tener que adherirse y la normativa debe ser interpretada a su favor. El seguro está para pagar al asegurado los daños, lo que puede pelear es el monto a pagar”, afirmó.
El abogado dijo que, acorde con los principios que rigen la interpretación de los contratos, quien juzga una cuestión contractual no debe ceñirse solo al significado técnico-jurídico de las palabras usadas, “sino también a las circunstancias del caso, el fin práctico y la conducta posterior de las partes contratantes, que muestra otro alcance de los términos del mismo”, aseguró.
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