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Corte Suprema de Justicia

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29 DE JUNIO DE 2007

EN EL CASO PASTOR CORONEL Y OTROS

Reconstituirán causa por tortura y muerte

Se reconstituirá el expediente caratulado “Pastor Coronel y otros s/tortura y muerte”. Así lo dispuso, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia integrada por los ministros, Alicia Pucheta de Correa, Wildo Rienzi Galeano y Sindulfo Blanco al dar por decaído el derecho que tenían el Fiscal General del Estado y la querella de presentar copias simples de las documentales correspondientes a la causa.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia presidida por la titular de la máxima instancia judicial Alicia Pucheta de Correa e integrada por los ministros Wildo Rienzi Galeano y Sindulfo Blanco resolvió dar por decaído el derecho que tenía el Fiscal General del Estado, para presentar las constancias que obran en su poder dentro del plazo procesal respectivo que establece el Código Civil. Idéntica decisión adoptó la Sala Penal con relación al representante de la querella.

 

En consecuencia, la instancia judicial resolvió tener por reconstituido el expediente caratulado “Pastor Coronel y otros s/tortura y muerte”, con la agregación de las copias autenticadas remitidas por las oficinas públicas y las presentadas en tiempo por la defensa, teniéndolas por auténticas. La citada defensa es ejercida por el abogado Pedro Wilson Marinoni Bolla. El profesional defiende a Juan Martínez, ex funcionario del fallecido Jefe de Investigaciones, Pastor Coronel.

 

Martínez había sido condenado a 30 años por el entonces juez Luis María Benítez Riera cuya sentencia fue confirmada por el Tribunal de Apelación, 2ª. Sala presidida por el doctor Anselmo Aveiro, y a su vez fue ratificada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, presidida en ese entonces por el ministro Wildo Rienzi.

 

Sin embargo, al entrar en vigencia el nuevo Código Penal que reduce a 25 años la pena máxima, el condenado fue beneficiado por el principio de irretroactividad de las leyes, salvo en materia penal, y su condena se redujo al marco penal precedentemente citado.

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