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Corte Suprema de Justicia

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21 DE AGOSTO DE 2012

RESOLUCION DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Disponen presentar documentos para escrituración de dominio de auto vehículos

El Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia resolvió disponer que para la fiscalización de las tasas judiciales en las escrituras públicas de transmisión de dominio de auto vehículos para la inscripción en la Dirección Nacional del Registro del Automotor se eleven los documentos requeridos sobre todo los relacionados a la liquidación y percepción de tasas. La fiscalización correspondiente estará a cargo del Departamento de Ingresos Judiciales.

Con el objetivo de  transparentar los procesos de tramitación de escrituras públicas de transmisión de dominio de auto vehículos, presentados en la Dirección Nacional del Registro del Automotor, el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia dispuso, a través de una resolución, adjuntar los documentos requeridos hasta tanto se dé cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 13º de la Ley 2405 de fecha 25 de junio de 2004  que amplía la Ley Nº 608/95 que crea el Sistema de Matriculación y la Cédula del Automotor y su Modificatoria, la Ley 1794/01. Todo esto será mediante la emisión de los valores referenciales fijados por las Empresas Importadoras a través de tablas anuales.

Los documentos que deberán ser presentados son: copia autenticada de la factura comercial a las personas físicas y/o jurídicas obligadas por ley a expedir comprobantes por la comercialización de auto vehículos, copias autenticadas de la Escritura Pública, antecedente inmediato a la Escritura Pública que se presenta para las transacciones entre particulares y del Despacho Aduanero para los casos de primera transferencia de una protocolización inscripta a partir del 25 de junio del 2004, fecha de promulgación de la Ley Nº 2405.

Asimismo, copias, siempre autenticadas, de cesión de derechos y acciones para los casos de protocolización de certificados de adjudicación que conlleven subrogación y de Informe de Valoración Aduanera, para los casos de protocolización de certificados de adjudicación/subrogación por Gestión a título gratuito.

El órgano administrativo competente será el Departamento de Ingresos Judiciales, que a la vez tendrá a su cargo fiscalizar para la correcta liquidación, percepción de tributos y correspondiente control conforme a las normas legales vigentes, mediante la designación de funcionarios competentes.

De esta manera también se dará continuidad a los controles que se venían ejerciendo en las cajas de Ingresos Judiciales con el sistema informático anterior.
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