13 DE AGOSTO DE 2009
Derechos de las personas con discapacidad y el sistema jurídico paraguayo
Paraguay, junto con otros varios países ha ratificado la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad y su correspondiente Protocolo Facultativo.
Paraguay, junto con otros varios países ha ratificado
Esto conlleva, no solamente a un cumplimiento formal de depósito parlamentario para que adquiera fuerza de ley; al realizarse la ratificación, el Estado paraguayo, se compromete a adoptar las medidas necesarias para que
El citado instrumento ha tenido un efecto revolucionario al cambiar el paradigma, el lenguaje y la visión sobre los derechos de las personas con discapacidad. Este cambio, evidentemente conlleva a un periodo de adaptación en los órganos oficiales de los países y en el imaginario colectivo.
El art. 33 de la convención establece que “de conformidad con sus sistemas jurídicos y administrativos, mantendrán, reforzarán, designarán o establecerán, a nivel nacional, un marco, que constará de uno o varios mecanismos independientes, para promover, proteger y supervisar la aplicación de la presente Convención.”
El Poder Judicial, como órgano garante del cumplimiento de los derechos de las personas, tiene una doble responsabilidad, por un lado, la de conocer y aplicar las leyes nacionales e internacionales de Derechos Humanos y por otro, es necesario que se implementen políticas inclusivas a este colectivo. Es decir, contar con profesionales especializados, con infraestructura adecuada, con medios o sistemas de comunicación, y de intérpretes, etc.
En
En la citada declaración se analiza la posibilidad del establecimiento de estándares mínimos con fórmulas reforzadas y adecuadas de tutela para los sectores menos favorecidos con el fin de que la protección de los derechos ante los Poderes Judiciales sea una realidad para todos los sectores de la sociedad, sin discriminación de clase alguna.
El compromiso esta hecho, este es el momento de reforzar las acciones para que las personas vulnerables, en especial, las discapacitadas, encuentren un lugar en el sistema de Justicia Paraguayo.
Para acceder al texto completo de
http://www.sidar.org/recur/direc/legis/convencion.php
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