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13 DE AGOSTO DE 2009

Derechos de las personas con discapacidad y el sistema jurídico paraguayo

Paraguay, junto con otros varios países ha ratificado la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad y su correspondiente Protocolo Facultativo.

Paraguay, junto con otros varios países ha ratificado la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad y su correspondiente Protocolo Facultativo.

 

Esto conlleva, no solamente a un cumplimiento formal de depósito parlamentario para que adquiera fuerza de ley; al realizarse la ratificación, el Estado paraguayo, se compromete a adoptar las medidas necesarias para que la Convención sea incorporada efectivamente y además, a la creación de políticas públicas estatales que garanticen su cumplimiento.

 

El citado instrumento ha tenido un efecto revolucionario al cambiar el paradigma, el lenguaje y la visión sobre los derechos de las personas con discapacidad. Este cambio, evidentemente conlleva a un periodo de adaptación en los órganos oficiales de los países y en el imaginario colectivo.

 

El art. 33 de la convención establece que “de conformidad con sus sistemas jurídicos y administrativos, mantendrán, reforzarán, designarán o establecerán, a nivel nacional, un marco, que constará de uno o varios mecanismos independientes, para promover, proteger y supervisar la aplicación de la presente Convención.”

 

El Poder Judicial, como órgano garante del cumplimiento de los derechos de las personas, tiene una doble responsabilidad, por un lado, la de conocer y aplicar las leyes nacionales e internacionales de Derechos Humanos  y  por otro, es necesario que se implementen políticas inclusivas a este colectivo. Es decir, contar con profesionales especializados,  con infraestructura adecuada, con medios o sistemas de comunicación, y de intérpretes, etc.

 

En la Cumbre Judicial Iberoamericana realizada en Brasilia en el año 2008, el Paraguay suscribe la “Declaración de Brasilia” sobre acceso ala Justicia de las personas vulnerables, en donde se reafirma el compromiso de fomentar un modelo de justicia integrador, abierto a todos los sectores de la sociedad, y especialmente sensible con aquellos mas desfavorecidos y vulnerables.

 

En la citada declaración se analiza la posibilidad del establecimiento de estándares mínimos con fórmulas reforzadas y adecuadas de tutela para los sectores menos favorecidos con el  fin de que la protección de los derechos ante los Poderes Judiciales sea una realidad para todos los sectores de la sociedad, sin discriminación de clase alguna.

 

El compromiso esta hecho, este es el momento de reforzar las acciones para que las personas vulnerables, en especial, las discapacitadas, encuentren un lugar en el sistema de Justicia Paraguayo.

 

Para acceder al texto completo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad diríjase al siguiente link:

http://www.sidar.org/recur/direc/legis/convencion.php

 

Este material fue elaborado por la Dirección de Derechos Humanos de la Corte Suprema de Justicia como parte de su Programa de Difusión de los DDHH en el Poder Judicial.

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