Domingo 30 de Junio de 2024 | 21:10 PM | Asunción - Paraguay Inicio

Corte Suprema de Justicia

  • Banners Principales
Boletín Electrónico
Suscribirme Ver Boletín

13 DE MAYO DE 2011

Fase II del Programa Umbral está fortaleciendo el Sistema Disciplinario

En el marco de la implementación del Programa Umbral (Fase II), se están consolidando los mecanismos de control interno aprobados por la Corte Suprema de Justicia y el Sistema Disciplinario para jueces, funcionarios judiciales y auxiliares de justicia.

FUNCIÓN PREVENTIVA

FUNCIÓN REPARADORA
FUNCIÓN SANCIONADORA
Auditoría de Gestión Judicial
Superintendencia General de Justicia
Consejo de Superintendencia
Realizar auditorías de gestión para alcanzar una ordenada y eficiente tramitación de los juicios y el pronunciamiento de los fallos en términos de ley.
Velar por la calidad de los procesos judiciales y contribuir a la reducción de la mora judicial, la corrupción y la impunidad.
Ejecutar efectivamente las resoluciones del Consejo de Superintendencia.
Investigar denuncias, tramitar sumarios, formular dictámenes y recomendaciones oportunas a fin de aplicar medidas administrativas disciplinarias por parte del Consejo de Superintendencia.
Asegurar el buen desempeño de los cargos, despachos y dependencias judiciales.
Vigilar la ordenada tramitación de los juicios y el pronunciamiento de los fallos en términos de ley.
Vigilar y asegurar el buen cumplimiento de las disposiciones, reglamentos y otras regulaciones emitidas por el CS y la CSJ dentro de su potestad de superintendencia

Ejercer las facultades disciplinarias y de supervisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley N ° 609/95 y la Constitución.

Organizar y fiscalizar la Dirección de Auxiliares de la Justicia ; la Dirección de Recursos Humanos; la Dirección Financiera y demás reparticiones del Poder Judicial.
Entender y decidir en los procesos de casación o anulación de la matrícula de abogados y procuradores, así como apercibir, suspender o destituir a los Escribanos Públicos, a otros auxiliares de la Justicia y a los funcionarios y contratados empleados del Poder Judicial, previo sumario administrativo y una vez oído al afectado.

Imponer las medidas disciplinarias administrativas de conformidad a la Constitución , Código de Organización Judicial, Ley N° 609/956 y las acordadas reglamentarias.

Noticias Relacionadas