22 DE ABRIL DE 2025
CON RELACIÓN A PUBLICACIÓN PERIODÍSTICA
Aclaración de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en relación con la publicación del diario ABC Color del 21 de abril de 2025, titulada “Minotauro: Corte declara inadmisible recurso del exfiscal Hugo Volpe”, considera oportuno informar a la ciudadanía lo siguiente:
En fecha 7 de abril de 2025, esta Sala resolvió declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por el abogado Hugo Volpe Mazó, en causa propia, contra el Auto Interlocutorio N° 36, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Penal del Fuero Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado (Segunda Sala).
La decisión adoptada obedece al estricto cumplimiento de los requisitos procesales previstos en el artículo 477 del Código Procesal Penal, que establece que únicamente pueden ser objeto de casación las sentencias definitivas o las resoluciones que pongan fin al procedimiento o hagan imposible su continuación. En este caso, la resolución impugnada no reúne dichas condiciones. Cabe recordar que un auto interlocutorio es una resolución que resuelve cuestiones incidentales dentro del proceso, sin poner fin al mismo, salvo en los supuestos excepcionales expresamente contemplados por la ley.
En cuanto a las notificaciones realizadas, la resolución fue debidamente comunicada al recurrente a través del sistema electrónico oficial habilitado para ese fin. Asimismo, se remitió el correspondiente oficio al Tribunal de Apelación del fuero especializado, Segunda Sala, órgano competente para la prosecución del trámite procesal. Conforme a la jurisprudencia vigente, la interposición de dicho recurso no afecta la continuidad del desarrollo del juicio oral.
La Corte Suprema de Justicia reafirma su compromiso con la aplicación rigurosa y transparente de las normas procesales, así como con el respeto pleno a las garantías del debido proceso. En el ejercicio de sus funciones, mantiene su disposición de informar a la ciudadanía de manera clara, precisa y responsable sobre las decisiones adoptadas, en cumplimiento de los principios constitucionales que orientan su actuación.