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24 DE ABRIL DE 2024

ESTE VIERNES 26 DE ABRIL

Magistrados deben presentar informes cuatrimestrales sobre expedientes pendientes de resolución

Por disposición de la Corte Suprema de Justicia se estableció que los Juzgados y Tribunales de Apelación de todo el país deben presentar un informe cuatrimestral sobre los expedientes pendientes de resolución, ya sea que se encuentren en estado de autos para sentencia o autos para resolver. A su vez, el fuero Penal -a través de los Tribunales de Sentencia de toda la República- presentarán informe cuatrimestral sobre las fechas de las audiencias de juicio oral y público fijadas y pendientes de realización, en las causas de Acción Penal Pública y Privada. Seguidamente, los Juzgados Penales de Garantías, deberán informar sólo las fechas de las audiencias preliminares fijadas y pendientes de realización, y, por último, los Juzgados Penales de Ejecución, informarán las fechas de las audiencias fijadas y pendientes de realización en los incidentes tramitados ante su instancia, y las fechas de las providencias de autos para resolver, en aquellas causas declaradas de puro derecho.  

En ese sentido, se encargó al Consejo de Superintendencia el proceso de reglamentación para recabar los informes y se estableció que las presentaciones deberán realizarse en las siguientes fechas:

a) Viernes 26 de abril de 2024

b) Viernes 30 de agosto de 2024

c) Viernes 20 de diciembre de 2024

A su vez, aprobó los formularios a través de los cuales los magistrados deberán remitir sus informes, así como un Instructivo de uso para los Magistrados, Consejos de Administración y la DGAGJ. Los referidos archivos se encuentran disponible en el siguiente enlace.

Los magistrados que deben presentar el informe son los Jueces de Paz, Jueces de Primera Instancia y los Miembros de los Tribunales de Apelación, de todos los fueros y circunscripciones judiciales de la República, así como los Miembros de los Tribunales de Cuentas. Es importante mencionar que, los Tribunales de Apelación deberán presentar un (1) único informe como órgano colegiado, y no por cada miembro y/o gabinete.

Se recuerda que los Magistrados que no presenten dichos informes son pasibles de sanciones, en atención a que ello constituiría una desobediencia de una disposición de la Corte Suprema de Justicia.

Además, se establece que luego de cada vencimiento de presentación de informes, la Secretaría General de la CSJ seleccionará aleatoriamente cinco circunscripciones judiciales del interior y, de ellas, se escogerán -también aleatoriamente- un Juzgado de Paz o de Primera Instancia y un Tribunal de Apelación, a fin de realizar una inspección en dichos órganos jurisdiccionales para corroborar la veracidad de lo informado por los magistrados judiciales.  Lo mismo se realizará en la Circunscripción Judicial de la Capital. La inspección será realizada por la Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional.

Se dispone, también, que la selección de dichas circunscripciones y los Juzgados y Tribunales a ser inspeccionados se realizará por sorteo, que será transmitido en directo y tendrá amplia difusión a través de los medios de comunicación de la Corte Suprema de Justicia.

Los informes deberán ser presentados digitalmente, siguiendo lo establecido en el instructivo para la presentación y correcto llenado, así como la planilla o formulario aprobado para cada Juzgado y Tribunal de Apelación. En ese sentido, se recomienda que para la descarga y posterior llenado de la planilla o formulario, se realice la actualización en la versión de Office Standard Edition 2013 para adelante (Excel 2013 para adelante) de manera a no contar con inconvenientes al momento de la descarga del archivo.

Se resalta que el correcto llenado del formulario, se encuentra a cargo del magistrado/a, y el control de presentación, así como el control del correcto llenado del formulario, se encuentra a cargo de los Consejos de Administración de las Circunscripciones Judiciales del país, y en la Circunscripción Judicial de la Capital, la función de control de los informes, se encuentra a cargo de la Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional. Los informes serán debidamente difundidos a través de los medios de la Corte Suprema de Justicia en el momento oportuno.

A continuación, se indican las direcciones de los correos electrónicos institucionales habilitados para cada circunscripción judicial, en los cuales deberán remitir los magistrados judiciales sus informes:

CIRCUNSCRIPCIÓN CORREO INSTITUCIONAL
1 Capital informescsi@pj.gov.py
2 Guairá consejoadm_guaira@pj.gov.py
3 Itapúa consejoadm_itapua@pj.gov.py
4 Concepción consejoadmconcepcion@pj.gov.py
5 Amambay consejoadm_amambay@pj.gov.py
6 Alto Paraná nformecuatrimestral_altoparana@pj.gov.py
7 Caaguazú presidencia_caaguazu@pj.gov.py
8 Ñeeembucú administracion_neembucu@pj.gov.py
9 Misiones consejomisiones@pj.gov.py
10 Paraguarí presidenciaadmparaguari@pj.gov.py
11 Caazapá consejodeadmcaazapa@pj.gov.py
12 San Pedro consejoadm_sanpedro@pj.gov.py
13 Cordillera presidencia_cordillera@pj.gov.py
14 Presidente Hayes consejocjph@pj.gov.py
15 Canindeyú circunscripcionjudicialcanindeyu@pj.gov.py
16 Central consejo_central@pj.gov.py
17 Boquerón cjboqueron@pj.gov.py
18 Alto Paraguay consejoadmap@pj.gov.py

 

Por último, se recuerda la vigencia de la Resolución N° 9996, de fecha 3 de febrero del 2023, de la Corte Suprema de Justicia, por la cual resolvió aprobar el “Reglamento de Políticas de Seguridad Informática del Poder Judicial”, que establece el uso de correo institucional para realizar labores y responsabilidades oficiales, siendo este el medio habilitado para la remisión de los informes de pendencia.

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