18 DE ABRIL DE 2024
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN EN JUSTICIA
Charla a estudiantes sobre el grado de responsabilidad penal de los adolescentes
Alumnos del Colegio Parroquial Subvencionado "Nuestra Señora de Fátima" recibieron este jueves a los responsables del programa educativo “Educando en Justicia”, de la Corte Suprema de Justicia, y al juez penal de adolescencia, abogado Matías Garcete, quien encabezó la charla sobre el grado de responsabilidad penal de los adolescentes.
El magistrado impartió una clase explicativa sobre varios artículos de la Constitución Nacional relacionados con sanciones y medidas para adolescentes que cometen hechos punibles. Explicó las penas que pueden ser aplicadas un adolescente al tener algún comportamiento fuera del marco de la ley que son: socioeducativa, correccional y privativa.
"La Constitución es para todos y todas, nadie puede violentar eso. Es la base normativa", señaló el juez. Haciendo mención al artículo 140, “pornografía relativa a niños y adolescentes”, dijo que, si se publicaran videos, fotos que representen actos sexuales, dicha difusión está penada y hay sanciones.
"Cuiden mucho lo que publican, lo que envían y lo que reenvían. Al reenviar se está publicando y exponiendo a la otra persona", advirtió luego.
Agregó que el Ministerio Público cuenta con un laboratorio técnico, indicando que los megadatos no se borran y los responsables de esa dependencia encontrarán para proceder a la investigación. “En el ámbito procesal se llama extracción de datos del celular", expresó refiriéndose a la eliminación del contenido de los teléfonos celulares una vez que se haya concretado el hecho. También dio detalles sobre el artículo 143 de la Carta Magna sobre sancionar a menores que expongan la vida íntima de alguna persona.
Hizo hincapié en la Ley 1.340/88 que sanciona todo lo relacionado a estupefacientes. También el artículo 30 de dicha legislación que “habla del que tuviere en su poder sustancias a las que se refiere esta ley, que el médico que la hubiere recetado (...) pero si la cantidad fuere mayor a la recetada, se le castigará con pena privativa de libertad de 2 a 4 años”. Asimismo, para concluir, mencionó el artículo 44: “el que a sabiendas comercie (drogas) o intervenga de alguna manera, se beneficie económicamente, será privado de libertad de 5 a 15 años”.
Finalizando la actividad, tuvo uso de palabra el abogado Aldo Ávalos, coordinador de la Secretaría de Educación en Justicia, y dejó un mensaje al auditorio: "Queremos que le digan un rotundo no a las drogas, porque las personas que comercializan se aprovechan de su inocencia, curiosidad. Una vez que consumen, ya es difícil de salir".
La Secretaría de Educación en Justicia invita a todos los interesados a participar de dicho programa comunicándose al (021) 421-241, al correo electrónico educandoenjusticia@gmail.com o desde la página de Facebook “Educando en Justicia”.