09 DE JUNIO DE 2009
EN EL JUICIO: SAFADI ISSAN TAWFIC SOBRE EVASION DE IMPUESTOS
Se rechaza recusación contra el Dr. Antonio Fretes
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, resolvió rechazar la recusación formulada en contra del presidente de la máxima instancia judicial, doctor Antonio Fretes en el juicio caratulado “Safadi Issan Tawfic sobre evasión de impuestos”.
La recusación planteada contra el presidente de la máxima instancia judicial, doctor Antonio Fretes en la causa “Safadi Issan Tawfic sobre evasión de impuesto” fue rechazada por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. El petitorio contra la autoridad judicial fue fundado en que el mismo posee una causal que le impide entender en el caso, específicamente se registra con el doctor Roberto Améndola, quien interviene en la acción planteada.
La resolución refiere que la institución de la recusación es una figura orientada a garantizar la imparcialidad de los juzgadores respecto a los recurrentes, la misma no se ve afectada en este caso en razón de que no existen las circunstancias previstas en el articulo 20 del Código Civil Procesal referentes a las causas de excusación de los magistrados judiciales.
En el citado escrito se menciona que el recusante no cumple con los deberes exigidos por la legislación procesal con relación al tiempo y forma de deducirla. Por otro lado en concordancia con el Art. 30 del Código Civil Procesal manifiesta: Rechazo sin sustanciación: “si en el escrito correspondiente no se cumplieron los requisitos del articulo anterior o si el mismo fuere presentado fuera de las oportunidades previstas en el articulo 27 la recusación será rechazada sin darle curso por el tribunal competente para conocer de ella.
Finalmente, el documento que lleva la firma de los ministros José Altamirano, Raúl Torres Kirmser y Antonio Fretes expresa que en estas condiciones la recusación con expresión de causa planteada contraviene expresamente las disposiciones del Código Procesal Civil por lo que esta Sala de la Corte Suprema de Justicia debe rechazarla.
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