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26 DE AGOSTO DE 2022

Proyecto de Presupuesto 2023 orientado a mejoras del servicio y administración de Justicia

La Corte Suprema de Justicia aprobó el Proyecto de Presupuesto para el año 2023 que será remitido al Congreso Nacional para su estudio y aprobación. La propuesta fue estructurada sobre una base de G. 2.170.829.684.783. El objetivo fundamental plantea la eficiencia, transparencia y orden, definidos en un marco actualizado, con sistemas, procesos y procedimientos que contribuyan a la excelencia del servicio de justicia, y enmarcado en la metodología de Presupuesto por Resultados, lo que significa que los recursos presupuestarios requeridos se basaron en el enfoque de Gestión por Resultados (GpR), medibles por medio de indicadores.

Fueron incorporados los requerimientos necesarios a nivel colectivo para el cumplimento de los objetivos y las metas que se expusieron en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2025, vinculado al objetivo específico 4.1.1. “Mejorar el acceso y alcanzar una eficiente administración de la justicia con igualdad de oportunidades” del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2030, observando los Ejes Estratégicos del Gobierno Judicial 2022-2023.

Para el año 2023 la Institución proyecta una producción de 877.650 Resoluciones, que constituye un nueve por ciento (9%) más que el año 2022, logrando así una Tasa de Resolución del 1,5, conforme lo dispuesto en el Plan Estratégico Institucional para el año 2023.

En este sentido, la Corte Suprema de Justicia se compromete para el Ejercicio Fiscal 2023, con base en los recursos requeridos y expuestos en el presente Proyecto de Presupuesto 2023, el logro de los siguientes objetivos estratégicos, con relación a:

Programación de las metas productivas por estructura presupuestaria.

  • Producción de Meta Física: 877.650 Resoluciones.
  • Tasa de Resolución: 1,5.
  • Tasa de litigiosidad: 3.369.

Programación del anexo del personal.

Desprecarización del Personal Contratado.

Ajuste a las Remuneraciones Básicas y complementarias de los Magistrados, Jueces, Funcionarios Jurisdiccionales, Registrales y Administrativos.

Creación de Cargos para el fortalecimiento del personal judicial para nuevos juzgados y turnos, nuevos tribunales, segundas secretarías para juzgados, nuevos juzgados de Paz y nuevos turnos, fortalecimiento del equipo técnico interdisciplinario para el cumplimiento del Código de la Niñez y Adolescencia, fortalecimiento del personal para el enlace penitenciario, fortalecimiento del personal para el refuerzo de la seguridad de magistrados, jueces y las instalaciones del Poder Judicial, que atienden los casos de narcotráfico y lavado de dinero y corrupción, entre otros.

Programación de los gastos institucionales

Para el Ejercicio Fiscal 2023 se incorporan requerimientos institucionales considerados prioritarios, tendientes a dar continuidad a servicios esenciales o provisión de bienes vinculados a la operatividad institucional y de inversión, así como nuevos requerimientos de los distintos ámbitos institucionales, que no se encuentren cubiertos por contratos vigentes o llamados en proceso de ejecución, todo esto a efectos de brindar un servicio de justicia oportuno y de excelencia a la ciudadanía en general.

Programas de inversión - construcciones de edificios previstos para el año 2023

Se menciona que fueron incorporados los nuevos proyectos de infraestructura de construcción de Palacios y Sedes Judiciales para albergar Juzgados de Primera Instancia, sujeto a las decisiones de la máxima autoridad, así también podrá incluir otros proyectos de inversión para la modernización del Poder Judicial.

Para el año 2023 se contemplan los costos de los edificios en ejecución y a ejecutarse, que incluyen los gastos propios de gerenciamiento por parte del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del convenio interinstitucional.

El cumplimiento de los Programas de los Gastos e Inversiones para el Ejercicio Fiscal 2023 se está estimando en este Proyecto sustentado en el reconocimiento pleno de la conformación orgánica, Independencia y Autarquía Presupuestaria del Poder Judicial consagradas en los Artículos 247, 248 y 249 de la Constitución Nacional, debiendo considerarse a dicho efecto la afectación exclusiva de recurso del Presupuesto del Poder Judicial (Corte Suprema de Justicia) del mínimo del 3% (tres por ciento) del Presupuesto de la Administración Central (sin disminución de ninguna naturaleza).

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