06 DE JULIO DE 2021
CUANDO EL EXPEDIENTE EN FORMATO PAPEL SE ENCUENTRE EN LA SECRETARÍA DEL JUZGADO O EN EL TRIBUNAL
Copias autenticadas son gratuitas para las partes
La Corte Suprema de Justicia aclara a la comunidad jurídica y a la ciudadanía en general, respecto al dictado de la Acordada N° 1533 del 30 de junio del 2021, lo siguiente:
Mientras los expedientes no se encuentren en el Archivo General de los Tribunales, las copias de las resoluciones judiciales deberán ser expedidas por el actuario, sin costo alguno a las partes y sus representantes, cuando estos lo solicitaren ante el órgano correspondiente.
El Art. 7 de la citada acordada es aplicable a los casos en los que el expediente en el cual fue dictada la resolución judicial se encuentre archivado.
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Acordada N 1533
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