27 DE NOVIEMBRE DE 2020
ACORDADA N° 1.470/2020
RR.HH. menciona disposiciones sobre las vacaciones 2021
La Corte Suprema de Justicia, a través de la Dirección General de Recursos Humanos, recuerda que según Acordada N° 1.470/2020 “Que reglamenta el usufructo de las vacaciones en el Poder Judicial para el Ejercicio 2021”, dispone lo siguiente:
Durante el mes de enero 2021, las vacaciones solo se podrán usufructuar hasta 15 días corridos, como máximo, salvo casos excepcionales concedidos por el Consejo de Superintendencia.
La fecha límite de presentación de las solicitudes de vacaciones es el día lunes 30 de noviembre de 2020.
Los magistrados, secretarios de la Corte, directores generales y superintendente deberán solicitarlas, con la propuesta del interino correspondiente, a los efectos de su autorización por el Consejo de Superintendencia.
Los directores de área, actuarios judiciales, secretarios de juzgados de paz, ujieres notificadores, jefes de departamento, de división o de sección y coordinadores, deberán solicitarlas con la propuesta del interino respectivo y la conformidad del superior jerárquico, a través del formulario correspondiente.
Los funcionarios en general deberán solicitarlas, a través del formulario correspondiente, con el visto bueno del superior jerárquico.