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Corte Suprema de Justicia

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05 DE JULIO DE 2020

EMERGENCIA SANITARIA

Resolución de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia

El titular de la máxima instancia judicial, doctor Alberto Martínez Simón, en fecha 3 de julio de 2020 emitió una resolución, que se reproduce íntegramente a continuación:

Asunción, 3 de julio de 2020

 

RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

C O N S I D E R A N D O:

Que, por Ley Nº6524/20 el Poder Legislativo declaró estado de emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay, ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud a causa del COVID-19 o Coronavirus.

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia” refiere: “Deberes y atribuciones. Son deberes y atribuciones de la Corte Suprema de Justicia en pleno: b) Dictar su propio reglamento interno, las acordadas, y todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia”.

Que, la Corte Suprema de Justicia aprobó las Acordadas 1366, 1370, 1373 y 1381, así como varias resoluciones en las que se reglamenta el funcionamiento del Poder Judicial durante el periodo de aislamiento social y, teniendo en cuenta la vigencia de la cuarentena inteligente y la reanudación progresiva de las actividades en el Poder Judicial; se ha realizado un minucioso estudio de las formas más efectivas de mitigación del riesgo de contagio, conforme con las recomendaciones recibidas del Ministerio de Salud y Bienestar Social.

Que, en virtud a los hechos recientemente ocurridos en la Circunscripción Judicial de Alto Paraná y a la solicitud del Consejo de Administración de la mencionada Circunscripción, relativa a la seguridad de la magistrada y funcionarios del Juzgado de Primera Instancia de Niñez y la Adolescencia de la sede de Itakyry y que las Acordadas mencionadas más arriba, otorgan al Presidente de la Corte Suprema de Justicia la facultad de adoptar decisiones sobre cuestiones no contempladas y que se consideren pertinentes, con la obligación de informar al Consejo de Superintendencia y al plenario para su ratificación.

Por lo tanto,

 

EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

R E S U E L V E:

 

1º .- Disponer excepcionalmente que el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia y las Oficinas de Apoyo Jurisdiccional de Itakyry, presten servicios en el horario de la mañana.

2º .- Estar a lo dispuesto en la Resolución N° 8005 del 4 de mayo de 2020, en lo relativo al horario laboral y de atención al público.

3º .- Disponer que esta resolución entre en vigencia desde el lunes 6 de julio de 2020.

4º .- Anotar, registrar y notificar.

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