24 DE OCTUBRE DE 2007
BASADO EN EL CÓDIGO DE ORGANIZACIÓN JUDICIAL
Se estableció reglamento y normas para el Registro del Automotor
La Corte Suprema de Justicia, en su sesión plenaria de ayer, a través de una acordada aprobó un reglamento interno que será aplicado al Registro del Automotor. Las normas se establecieron con el objeto de mejorar la organización y eficiencia de la administración de justicia.
En su sesión plenaria de ayer, la Corte Suprema de Justicia, a través de una acordada dictó un reglamento interno, estableciendo reglas y criterios generales de aplicación al Registro del Automotor.
En el documento se menciona que las reparticiones del Registro de Automotor están compuestas de la siguiente manera: Dirección, Jurisdicción Jurídica, Coordinación Administrativa, Coordinación Informática y Mesa de entrada y salida.
Una de la tareas mas importantes de la Dirección será la de supervisar, dirigir el movimiento del registro, fiscalizando el cumplimiento de los distintos servicios y la buena marcha de la dependencia a su cargo. Todas las reparticiones estarán bajo la coordinación de la Dirección.
La mesa de entrada y salida es la dependencia encargada de recepcionar y otorgar contraseñas de los documentos y solicitudes que deben tramitarse en la repartición como, asimismo entregar los trabajos una vez finalizados a los interesados dejando constancia de la fecha del retiro de los mismos.
Algunas de las disposiciones generales establecidas en la acordada, refiere sobre la individualización del bien, en donde se señala que el registro de automotores asignará una matrícula única e irrepetible a cada bien inscripto.
En cuanto al asiento registral por cada vehiculo se abrirá tanto en soporte informático como en soporte papel. Los servicios de inscripción, certificación, informe, expedición de duplicados de cédula y chapa, baja de vehiculo y otros, se presentarán por medio de solicitud presentada en formularios.
Respecto a los informes estadísticos se establece que podrán ser solicitadas por todas aquellas personas que acrediten interés justificado. Se podrán solicitar sobre el parque automotor referente a datos técnicos de los vehículos inscriptos, distribución geográfica, nomenclatura regional de matriculas u otra forma de informe que pudiere ser expedido por medio del sistema informático.