12 DE JUNIO DE 2013
DECISIÓN DE LA PLENARIA
Corte ordena inscripción y reinscripción de peritos
La Corte Suprema de Justicia, en sesión plenaria, resolvió ordenar la inscripción y la reinscripción de los peritos judiciales, traductores e intérpretes públicos. De acuerdo a la resolución, el plazo establecido para la inscripción va desde el 17 de junio hasta el 19 de julio de este año.
Asimismo, se deja constancia de que una vez aprobado el listado de los peritos judiciales matriculados, este se constituirá en la lista oficial que finalmente será utilizada para los sorteos, con base en lo dispuesto en la Acordada Nº 811/2013.
Se establece igualmente que la inscripción ante la Corte Suprema de Justicia de los profesionales peritos, traductores públicos e intérpretes posterior al periodo establecido en el artículo 2º de la mencionada acordada, se llevará a cabo, únicamente, en el mes de febrero de cada año.
Los ministros del más alto tribunal del país dispusieron también que los profesionales que no se ajusten al régimen establecido en esta acordada, serán excluidos del listado oficial de peritos judiciales matriculados ante la Corte Suprema de Justicia.
Al ser aprobados los formularios de los peritos judiciales, traductores públicos e intérpretes, que se adjuntan a la acordada, tendrán carácter de declaración jurada, con las consecuencias jurídicas correspondientes.
Se establece igualmente que la inscripción ante la Corte Suprema de Justicia de los profesionales peritos, traductores públicos e intérpretes posterior al periodo establecido en el artículo 2º de la mencionada acordada, se llevará a cabo, únicamente, en el mes de febrero de cada año.
Los ministros del más alto tribunal del país dispusieron también que los profesionales que no se ajusten al régimen establecido en esta acordada, serán excluidos del listado oficial de peritos judiciales matriculados ante la Corte Suprema de Justicia.
Al ser aprobados los formularios de los peritos judiciales, traductores públicos e intérpretes, que se adjuntan a la acordada, tendrán carácter de declaración jurada, con las consecuencias jurídicas correspondientes.
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