19 DE ABRIL DE 2013
Decisión del pleno de la Corte Suprema de Justicia
El pleno de la Corte Suprema de Justicia durante su última sesión plenaria resolvió elevar al Congreso Nacional la propuesta de modificación del artículo 93 del Código de Organización Judicial.
La modificación del artículo 93 se da en los siguientes términos:
- Art. 1º.- Modificar el artículo 93 del Código de Organización Judicial, quedando redactado como sigue:
“Art. 93.- Cumplidos los requisitos enunciados, la Corte Suprema de Justicia, previa verificación de los documentos presentados y aprobación por parte del recurrente de exámenes de conocimientos y aptitudes, concederá o denegará la inscripción en el libro de matrícula. La Corte Suprema de Justicia reglamentará los mencionados exámenes de conocimientos y aptitudes. Concedida la inscripción se fijará día y hora para que el recurrente preste juramento de ley ante el Presidente o un Miembro.”
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