07 DE SEPTIEMBRE DE 2012
Mesa de Entrada de Niñez y Adolescencia con nuevo proceso para la tramitación de causas desde el 9 setiembre del 2012
La Mesa de Entrada de la Jurisdicción de la Niñez y la Adolescencia cuenta con un nuevo procedimiento establecido por la Corte Suprema de Justicia que debe aplicarse a las causas que deban ingresar a ese fuero.
La máxima instancia judicial dispuso la implementación de este proceso en su sesión plenaria del martes 04 de setiembre que indica:
a) Todas las partes del proceso: abogados, demandantes, demandados y niños, niñas y adolescentes, deben estar debidamente identificados con Cédulas de Identidad, en lo que se refiere a personas físicas.
b) El operador de la Mesa de Entrada deberá procesar todas las partes, demandadas y demandantes. No se aceptará la opción "Y OTROS" al momento de la entrada. Del mismo modo debe consignar todos los objetos del juicio.
c) La aplicación debe corroborar la validez de la liquidación de tasas, requiriendo igualmente, la liquidación con monto cero para aquellos juicios que se encuentran exonerados de pago. No se podrá ingresar juicios sin una liquidación correspondiente válida y una vez ingresada esta liquidación, se deberá actualizar el estado de "utilizada" en la base de datos de Ingresos Judiciales.
d) Una vez finalizada la carga de la información de ingreso, el sistema deberá corroborar la existencia de procesos coincidentes con ingreso anterior y dado el caso de encontrar coincidencias, asignará el mismo despacho judicial que asignó anteriormente al proceso con datos coincidentes. Será considerado "datos coincidentes en la presentación" aquellos en los que exista igual demandante/s, igual demandado/s e igual objeto/s del Juicio.
e) Si no encuentra datos coincidentes en la presentación, la aplicación dispondrá el proceso de distribución equitativa de expedientes.
a) Todas las partes del proceso: abogados, demandantes, demandados y niños, niñas y adolescentes, deben estar debidamente identificados con Cédulas de Identidad, en lo que se refiere a personas físicas.
b) El operador de la Mesa de Entrada deberá procesar todas las partes, demandadas y demandantes. No se aceptará la opción "Y OTROS" al momento de la entrada. Del mismo modo debe consignar todos los objetos del juicio.
c) La aplicación debe corroborar la validez de la liquidación de tasas, requiriendo igualmente, la liquidación con monto cero para aquellos juicios que se encuentran exonerados de pago. No se podrá ingresar juicios sin una liquidación correspondiente válida y una vez ingresada esta liquidación, se deberá actualizar el estado de "utilizada" en la base de datos de Ingresos Judiciales.
d) Una vez finalizada la carga de la información de ingreso, el sistema deberá corroborar la existencia de procesos coincidentes con ingreso anterior y dado el caso de encontrar coincidencias, asignará el mismo despacho judicial que asignó anteriormente al proceso con datos coincidentes. Será considerado "datos coincidentes en la presentación" aquellos en los que exista igual demandante/s, igual demandado/s e igual objeto/s del Juicio.
e) Si no encuentra datos coincidentes en la presentación, la aplicación dispondrá el proceso de distribución equitativa de expedientes.
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