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18 DE MAYO DE 2012

Tribunal de Cuentas implementa sistema de llamados electrónicos

Un sistema de llamados electrónicos se habilitó para la atención de los litigantes en la secretaria del Tribunal de Cuentas primera y segunda sala. Esta implementación facilitará un servicio más dinámico, transparente y muy provechoso para los justiciables que acuden diariamente por sus expedientes.

Con el fin de dar continuidad a las labores llevadas a cabo dentro de lo establecido en el programa umbral fase II Tribunal Contencioso Administrativo, se ha implementado el sistema electrónico de llamados para la atención de los litigantes en la secretaría del Tribunal de Cuentas, primera y segunda sala.

La habilitación de este moderno sistema fue iniciativa de los presidentes de las salas, en cumplimiento de las directivas generales de la Corte Suprema de Justicia y en especial de la Sala Penal, en la búsqueda de otorgar un mejor servicio al justiciale, considerando que con este método se evitaría, la aglomeración de la gente, además de agilizar los trámites y que a través del mismo se brindaría la atención por orden de llegada evitando así dar prioridad a ningún justiciable.

El sistema de llamados electrónicos brindará una atención más dinámica, transparente y será provechosa para los usuarios de la Justicia que acuden diariamente a este tribunal. Se considera un promedio de 60 a 70 personas que concurren a realizar sus trámites.

Asimismo, también se habilitará un buzón de sugerencias para escuchar y atender los reclamos de las personas que acuden diariamente al Poder Judicial a realizar sus trámites en dicha dependencia.

Recordemos que el objetivo del Programa Umbral en su segunda fase fue de reducir la corrupción y fortalecer el estado de derecho en Paraguay a través de un control más efectivo de los recursos públicos mediante tareas de prevención, control y sanción de hechos de corrupción. En ese orden de ideas, se implementó el sorteo de los expedientes que ingresan al sistema entre las dos Salas, así tambien el sorteo electrónico de las causas en estado de resolución, en forma equitativa, transparente y pública, por medio de programas informativos elaborados por funcionarios de la Dirección respectiva, del Poder Judicial.

Cabe mencionar que el Tribunal de Cuentas es competente para entender en la sustanciación y resolución de los recursos contenciosos administrativos interpuestos por un particular o por una autoridad administrativa contra resoluciones que causen estado y no haya por consiguiente recurso administrativo contra ella; que la resolución de la administración proceda del uso de sus facultades regladas y que la resolución vulnere un derecho administrativo preestablecido a favor del demandante.
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