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Corte Suprema de Justicia

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26 DE ABRIL DE 2012

ABOGO POR UNA JUSTICIA DE CALIDAD, EFICAZ Y TRANSPARENTE

Titular de la Corte informó intento de golpe a la independencia judicial

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, doctor Víctor Núñez, informó a la Cumbre Judicial Iberoamericana que se desarrolla en Buenos Aires, Argentina, sobre la resolución de la Cámara de Senadores que dispuso, fuera de sus atribuciones constitucionales, "no confirmar" en sus cargos a siete ministros del máximo tribunal paraguayo, aclarando que la única vía para destituir o remover es la del juicio político. El doctor Núñez recordó ante sus pares que no es el primer caso en que las instituciones judiciales deben soportar la presión de sectores poderosos y les instó a realizar esfuerzos comunes para fortalecer declaraciones internacionales en defensa de la independencia judicial, garantía fundamental para construir una justicia al servicio ciudadano.

Durante su intervención ante la Cumbre Judicial Iberoamericana, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, doctor Víctor Manuel Núñez hizo un llamado a los poderes judiciales para que hagan escuchar su voz hacia todo los sectores a modo que se comprenda la importancia de la independencia judicial, como única garantía para fortalecer la democracia y para que las personas reciban una justicia imparcial, más eficaz y transparente.

La máxima autoridad judicial paraguaya realizó un informe pormenorizado a sus pares de Iberoamérica sobre la crisis de poder desatada en nuestro país, con la resolución de la Cámara de Senadores, que fuera de sus atribuciones constitucionales dispuso “no confirmar” en sus cargos a siete ministros de la Corte Suprema de Justicia, aclarando que la única vía para destituir o remover es la del juicio político.

En su exposición, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, señaló que “por imperio de su Constitución Nacional, la República del Paraguay se organiza como un “Estado Social de Derecho” y adopta para su gobierno la democracia representativa, participativa y pluralista, fundada en el reconocimiento de la dignidad humana.

Desde el advenimiento de la democracia en el Paraguay, en 1989, la construcción del Estado Social de Derecho, ha incluido como uno de sus objetivos prioritarios la reforma judicial que pudiera dejar atrás el sistema de Justicia sometido, atrasado, oscuro y corrupto que rigió bajo un largo período autoritario.

Con ese propósito, la Carta Magna sentó las bases para un nuevo Poder Judicial fundado en los principios de independencia, transparencia, idoneidad, accesibilidad democrática, y de autonomía orgánica y presupuestaria. En ese camino estamos, y en ese camino, en los últimos 22 años, los paraguayos hemos podido celebrar importantes avances así como reconocer todavía numerosas falencias y persistentes desafíos para alcanzar un Poder Judicial enteramente fortalecido y un servicio de Justicia con calidad.

Afianzar un Poder Judicial fuerte, independiente, íntegro, más que una meta, sigue constituyendo un reto cotidiano en una sociedad que evoluciona y demanda respuestas oportunas y eficientes a los sistemas judiciales.

No menos desafiante es el reclamo ciudadano que nos impulsa para alcanzar lo que llamamos la Justicia de calidad. Sabemos que ésta sólo se podrá lograr con magistrados probos, idóneos y que tengan suficientes garantías para actuar de manera independiente. Así también, la Justicia de calidad no podrá ser lograda sin la transparencia institucional y sin la modernización que nos impone el Siglo XXI con las incorporaciones tecnológicas que permitan servir mejor a la ciudadanía con una Justicia cada vez más eficiente, más accesible y más rápida y consistente.

En torno a estos desafíos, queremos mencionar los pasos emprendidos en nuestro país:

•    Desde el año 2010 la Corte Suprema de Justicia de Paraguay viene implementando un Programa de Transparencia, Integridad y Rendición de Cuentas que, mediante un trabajo conjunto con la sociedad civil, impulsó la atención de esta problemática y el monitoreo del cumplimiento de estándares a través de mecanismos participativos –como encuestas ciudadanas, audiencias públicas y conversatorios ciudadanos-.
•    La Corte Suprema de Justicia, como institución, está plenamente incorporada al Plan Nacional de Integridad, diseñado como parte de los compromisos del Paraguay en el marco de la Convención Interamericana de Lucha contra la Corrupción. En este ámbito, aporta relevantes avances con su Sistema de Ética Judicial, el impulso y reglamentación de las declaraciones jurada de bienes de magistrados y funcionarios, su Sistema de Quejas y Denuncias, el Sistema Disciplinario del Poder Judicial, entre otros.
•    A través de la cooperación internacional, se concretaron programas y acciones. Uno de ellos, auspiciado por la Agencia de Cooperación de los Estados Unidos de América, incluye en su desarrollo acciones para aumentar la transparencia, la profesionalización del servicio de justicia y la eficiencia en la administración judicial.
•    La Corte también se incorporó al proceso de implementación del Modelo Estándar de Control Interno para Instituciones Públicas (MECIP), que el Gobierno Nacional decidió impulsar como mecanismo para mejorar la transparencia, eficiencia y eficacia en la gestión pública. Este proceso ha tenido avances significativos para la estandarización de procesos de auditoría, autoevaluación y control interno, así como para la capacitación de recursos humanos, la elaboración de políticas de comunicación e información, y la adopción de un código de Buen Gobierno.
•    El impulso de la participación ciudadana y de un mayor acceso a la Justicia constituye preocupación fundamental. Por ello, hemos dado radical prioridad al cumplimiento de los estándares y objetivos propuestos en las denominadas “Cien Reglas de Brasilia”.
•    Por otro lado, en cuanto a la modernización del Poder Judicial, la aprobación de la modificación de la Ley de la Firma Digital en nuestro Congreso y los pasos dados para la futura implementación del Expediente Electrónico Judicial, constituyen los retos más ambiciosos de la Administración de Justicia, con el objeto de brindar comodidad y transparencia a los usuarios.
•    Aun así, muchas veces la consolidación de las reformas en la Justicia requiere del acompañamiento decidido de los demás poderes del Estado. Por ello, seguimos lamentando la falta de aprobación de proyectos de leyes esenciales para la optimización de los recursos humanos, como la Ley de la Carrera Judicial, así como del Código General de Procedimientos, que permitirá introducir la oralidad en todos los procesos judiciales.

En este contexto de tareas, emprendidas ahora dentro de nuestro Plan Estratégico Institucional para el período 2011-2015, seguimos desarrollando los programas tendientes a modernizar, transparentar y mejorar la impartición de Justicia. Entendemos que uno de los pilares fundamentales para la buena administración de justicia en un estado de derecho es la independencia del Poder Judicial. Lamentablemente no todos lo consideran así. Hace unos días se produjo en Paraguay una situación que afecta directamente a dos principios esenciales de la institución judicial: la inamovilidad de los magistrados y la independencia del Poder Judicial.

En efecto, el día 12 de abril pasado, la Cámara de Senadores dictó la Resolución 824/12, según la cual dispuso, fuera de sus atribuciones constitucionales, “no confirmar” en sus cargos a siete Ministros de la Corte Suprema de Justicia. Se propició, en consecuencia, la destitución de los mismos por una vía no consagrada por la Constitución de la República del Paraguay, la cual señala que la única vía para destituir o remover de sus cargos a los ministros del máximo tribunal es el juicio político. El Artículo 261 de la Constitución Nacional dice taxativamente: “Los Ministros de la Corte Suprema de Justicia sólo podrán ser removidos por juicio político” y que “cesarán en el cargo cumplida la edad de setenta y cinco años”.

Esto, desde luego, provocó una reacción considerable de muchos sectores de la sociedad paraguaya, así como de organizaciones internacionales y asociaciones del extranjero, en defensa de la institucionalidad y de la independencia judicial.

La Corte Suprema de Justicia, reunida en pleno, dictó posteriormente la Resolución 3727/12 con la cual declaró que la mencionada disposición del Senado “carece de validez jurídica por imperio del Art.137 de la Constitución de la República”. Dicho artículo constitucional señala que “la ley suprema de la República es la Constitución”, establece el orden de prelación de leyes, y expresa que “quienquiera que intente cambiar dicho orden, al margen de los procedimientos previstos en esta Constitución, incurrirá en los delitos que se tipificarán y penarán en la ley”. Asimismo, señala que “carecen de validez todas las disposiciones o actos de autoridad opuestos a lo establecido en esta Constitución”.

No es la primera vez que en Paraguay la Cámara de Senadores pretende arrogarse una facultad que no le está atribuida por la Constitución. En el año 1999 había generado una resolución similar (Resolución 421/1999) que pretendía “cesar en sus funciones” a varios ministros de la Corte Suprema de Justicia, eludiendo el mecanismo del juicio político señalado por la Carta Magna. En esa ocasión, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sostuvo que de acuerdo a la resolución senatorial “algunos ministros de la Corte Suprema de Justicia cesarían en sus funciones sin haber sido sometidos a un juicio político formal, siendo que conforme al artículo 261 de la Constitución, “los ministros de la Corte Suprema de Justicia sólo podrán ser removidos por juicio político...”. Y la misma CIDH manifestó en ese Informe que “la vigencia de los derechos y libertades en un sistema democrático requiere un orden jurídico e institucional en el que las leyes prevalezcan sobre la voluntad de los gobernantes, y en el que exista un control judicial de la constitucionalidad y legalidad de los actos del poder público, vale decir, presupone el respeto del estado de derecho”.

Por otro lado, enfatizamos que la independencia judicial es un principio fundamental que sustenta todo el edificio de la Justicia. Sin independencia, el magistrado no hallará la suficiente tranquilidad ni garantía para ejercer la majestad de la Justicia. El sometimiento al poder político es una rémora del pasado autoritario que castigó por décadas a nuestros países. Este lastre debe ser definitivamente expulsado del sistema democrático y republicano de gobierno de nuestros pueblos. La institucionalidad del Poder Judicial no será completa si hay ataduras o cadenas que lo ciñan a los intereses coyunturales de políticos o sectores poderosos, cuyos caprichos o ventajas se interponen a los objetivos de una Justicia transparente, eficiente, igualitaria y accesible para todos.

No en balde, el Estatuto del Juez Iberoamericano aprobado por la VI Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia, en el año 2001, expresa que la independencia judicial es un “derecho de los ciudadanos y garantía del correcto funcionamiento del Estado constitucional y democrático de Derecho” para asegurar “una justicia accesible, eficiente y previsible”. Y advierte, asimismo que “los otros poderes del Estado deben respetar y hacer efectiva la independencia de la judicatura”.

Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en sucesivos y congruentes fallos, ha determinado que la independencia del Poder Judicial es “esencial para el ejercicio de la función judicial”, y que la misma resulta “indispensable para la protección de los derechos fundamentales”, por lo que esta independencia debe ser garantizada por todas las instituciones del Estado. Recordemos que Paraguay como Estado, al igual que otros países, ha reconocido la competencia y jurisdicción de esta Corte hemisférica.

Excelencias; estimados colegas.

Esto que sucede en Paraguay no es un caso aislado ni será la última ocasión en que las instituciones judiciales deban soportar la presión de sectores poderosos que intentan arrebatarle el sagrado principio de su independencia y autonomía.

Creemos que la solidaridad y la firmeza de nuestras convicciones, como altos magistrados judiciales, deben estar siempre presentes para actuar como murallas infranqueables en defensa de la independencia judicial, la cual, insistimos, no es un privilegio ni una concesión graciosa de nadie, sino es baluarte y piedra fundamental para sostener el edificio de una Justicia realmente eficaz, transparente y al servicio de las personas.

Confiamos que el criterio republicano y la racionalidad primarán en este como en otros incidentes que deban seguir soportando nuestras democracias, algunas de ellas todavía frágiles y expuestas a los delirios autoritarios.

Asimismo, hacemos voto para que esta magna Cumbre se pronuncie sobre todas estas circunstancias que, con mayor o menor asiduidad, vienen a perturbar la tranquilidad y acrecentar riesgos para nuestros sistemas democráticos y para la institucionalidad e independencia de nuestros poderes Judiciales. En ese sentido, consideramos que en atención a la situación que ha venido planteándose en varios sistemas judiciales en los últimos años, y que denotan la necesitad de fortalecer las declaraciones internacionales en la materia, proponemos que desde este máximo Foro de Justicia en Iberoamérica se apoye y declare de manera concreta la defensa de la independencia de los Poderes Judiciales Iberoamericanos y el principio de la no injerencia política.

La ciudadanía de nuestros países verá en esto una esperanza y un aliciente concreto para alcanzar esa Justicia de calidad, transparente y eficaz que todos queremos y nuestras democracias necesitan”..
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