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27 DE AGOSTO DE 2010

Denuncias sobre violencia doméstica ingresadas fuera del horario normal se realizarán ante la Oficina de Atención Permanente

Las denuncias sobre violencia doméstica, ingresadas fuera del horario normal de atención al público, deben ser canalizadas a través de la Oficina de Atención Permanente, estableciéndose al efecto el régimen de turnos semanales para los Juzgados de Paz de la Capital. Así lo dispuso la Corte Suprema de Justicia durante la última plenaria.

El máximo tribunal se encuentra trabajando de manera permanente en la protección y garantía de los derechos constitucionales, repudiando la violencia en cualquier ámbito, en especial en el de aquellos desprotegidos.

En cumplimiento de la Ley N° 1600/2000 “Contra la Violencia Doméstica”, y la celeridad de los procesos judiciales referidos a esta, se han tendido acciones para mejorar el servicio brindado en el fuero de la Administración de Justicia, siendo menester la implementación de un sistema de atención eficiente en lo que respecta a la problemática.

Es importante señalar que la Corte Suprema de Justicia tiene atribuciones para dictar las resoluciones necesarias para la mejor organización y eficiencia de la Administración de Justicia, con arreglo al artículo 3º, inc b) de la Ley N° 609/95. 

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