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Corte Suprema de Justicia

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06 DE SEPTIEMBRE DE 2011

ACLARACIÓN

En mayo de 2010 la Corte ordenó investigar las actuaciones del Juez Manuel Trinidad, cuyos antecedentes luego fueron remitidos al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados

“El juez Manuel Trinidad, acusado incluso por sus propios colegas, sería uno de los que más otorgaron las polémicas medidas cautelares. Sin embargo, su gestión no fue auditada por la Corte Suprema de Justicia, que sí remitió los antecedentes de los otros jueces al Jurado” señala parte de la publicación del diario ABC Color en su página 76 de la edición del domingo 4 de septiembre de 2011.

En relación al tema conviene aclarar que la máxima instancia judicial ordenó ya en mayo de 2010, a través del entonces presidente de la Corte Suprema de Justicia, doctor José Raúl  Torres Kirmser, que se inicie la investigación de las actuaciones del juez Manuel Trinidad.

 

La Dirección General de Auditoría de Gestión Judicial, realizó una Auditoría de Reacción Inmediata al Juzgado Penal de Garantías Número tres de Ciudad del Este, a cargo del Abogado Manuel Trinidad Colmán, en la Circunscripción Judicial de Alto Paraná.

 

De esta manera se investigaron supuestas irregularidades observadas en el expediente caratulado: “Vargos S.A. c/ Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y otros s/ amparo”. Tramitado en el referido Juzgado.  El juez Trinidad también fue investigado por la Oficina Disciplinaria de la Superintendencia General de Justicia.

 

En honor a la verdad, es importante subrayar que la Corte Suprema de Justicia, a raíz de estas investigaciones, resolvió el 12 de julio del presente año, remitir al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados los antecedentes de la Denuncia: CAP-D-01-01-06-10 N.S. 4097 “Investigación Preliminar en el Informe de Auditoría de Reacción Inmediata en el Juzgado penal de Garantías de Ciudad del Este, a cargo del abogado Manuel Trinidad Colmán. Año 2010, Nº 728, Fol: 141. NS: 4097”. Adjunta el expediente: “Vargos S.A. s/ Amparo”, para lo que hubiere lugar en derecho.

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