07 DE SEPTIEMBRE DE 2006
POR CALUMNIA, DIFAMACIÓN E INJURIA CONTRA UNA FISCALA
Corte Suprema suspende por tres meses a un abogado de Ciudad del Este
El Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia suspendió por tres meses en sus funciones al abogado Efigenio José Lisboa Carballo. El mismo acusó a la fiscala de Ciudad del Este, María Adelaida Vázquez García de prostituir el Ministerio Público de la zona.
A raíz de fuertes declaraciones efectuadas en una emisora radial, teniendo como blanco a la abogada María Adelaida Vázquez García, agente fiscal de la Unidad Fiscal Número 10 de Ciudad del Este, el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia resolvió suspender por tres meses en el ejercicio de sus funciones al abogado Efigenio José Lisboa Carballo.
De acuerdo a los antecedentes, el profesional en una radio local señaló que en el Ministerio Público de la zona se prostituyen, incluyendo a la fiscala María Adelaida Vázquez García, lo que generó la presentación de la denuncia por parte de la misma y la posterior apertura de un sumario contra del abogado Lisboa Caballero el 16 de junio del 2005.
Según la denuncia, el ahora suspendido abogado indicó durante una entrevista radial que "son prostitutas y homosexuales los que manejan el Ministerio Público y las instituciones encargadas de velar por la seguridad de la ciudadanía. Eso hay que decirlo en mayúscula y en negritas, yo dijo y me hago responsable, aquí hay una orgía, hay privilegio de parte de los funcionarios y Adelaida Vázquez - la fiscala- es una de las prostitutas que se viste como si fuera una reina y se pasea por los pasillos, yo no se como fue pero un integrante de esa orgía fue filmado y todas esas cosas se ha descuidado y hay varias copias de esa situación. La mayoría de las fiscalas son parte de esa orgía sexual y son prostitutas y homosexuales", manifestó.
Si bien el abogado Lisboa Carballo contestó el traslado de la acción promovida fundando primeramente las excepciones de Incompetencia de la Superintendencia de Justicia y la de Litis Pendencia, para luego contestar la denuncia, negando todos los puntos, aunque sin poder desvirtuar las pruebas, el Conejo de Superintendencia resolvió suspenderlo por tres meses en el ejercicio de sus funciones en todo el territorio nacional.
El considerando de la resolución señala que el abogado debe ejercer su función con absoluta probidad, dignidad y corrección, debiendo abstenerse de proferir expresiones injuriosas y personales contra los operadores de la Justicia y habiéndose demostrado en autos que el profesional ha incurrido en irregularidades en el ejercicio de la profesión, corresponde la aplicación de una sanción disciplinaria, en este caso la suspensión por tres meses.
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