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28 DE MARZO DE 2007

PARA FACILITAR ACCESO A LA JUSTICIA

Corte estableció límites territoriales de Juzgado de Primera Instancia de Puerto Casado

Los ministros de la Corte Suprema de Justicia, reunidos en plenaria, resolvieron modificar la Acordada que determina los límites territoriales del Juzgado de Primera Instancia de la localidad de Puerto Casado. Esto posibilitará que el servicio de Justicia sea accesible sobre todo a los habitantes de las zonas mas alejadas de la ciudad cabecera del Departamento de Concepción.

En reunión plenaria desarrollada ayer, los ministros de la Corte Suprema de Justicia dispusieron modificar la Acordada N° 430 de fecha 17 de octubre del 2006 que determina los límites territoriales de la competencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal y de la Niñez y la Adolescencia, con asiento en la localidad de Puerto Casado.

 

En la resolución, las autoridades del más alto Tribunal del país, indicaron que la particular situación territorial de la zona requiere una modificación de la citada acordada, de manera a permitir que el servicio de Justicia sea accesible a los justiciables, especialmente a los habitantes de las comunidades mas alejadas de la ciudad de Casado.

 

De esta forma, los límites territoriales de la competencia de los Juzgados de Primera Instancia quedan estipulados de la siguiente manera: al Norte la línea que divide el departamento del Alto Paraguay con Bolivia, desde el Meridiano 59 hasta el río Paraguay y el trayecto del río Apa, desde su confluencia con el río Paraguay hasta el punto que va en línea recta a Estancia Garay Cué.

 

En tanto al Este, toda la extensión del río Paraguay, desde el hito 10 hasta su unión con el río Apa y desde la Estancia Garay Cué en línea recta hasta el río Apa.

 

Al Oeste, el documento estipula como territorio, el Meridiano 59 desde la divisoria con Bolivia hasta la línea que separa el Departamento del Alto Paraguay con el de Presidente Hayes, y el trayecto del río Paraguay desde la línea que separa el Departamento del Alto Paraguay con el de Presidente Hayes hasta el Puerto Itapucú Mi.

 

Al Sur, en base a la acordada quedó estipulada la línea divisoria entre el Departamento del Alto Paraguay y el Departamento de Presidente Hayes, desde el Meridiano 59 hasta el río Paraguay y desde el Puerto Itapucú Mí hasta la Estancia Garay Cué, incluyéndose las localidades de San Lázaro y Vallemí.

 

La acordada, también menciona que los expedientes correspondientes a las localidades afectadas serán remitidos por los Juzgados de igual competencia de Concepción, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal y la Niñez y la Adolescencia, con asiento en la localidad de Puerto Casado, según corresponda, con excepción de aquellos que se encuentren en estado de “Autos para Sentencia”.

 

Todas las modificaciones adoptadas por los ministros de la máxima instancia judicial se basan en la Ley N° 609/95 que organiza la Corte Suprema y que dispone dictar su propio reglamento interno, así como las Acordadas y todos los Actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de Justicia.
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