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Corte Suprema de Justicia

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15 DE JULIO DE 2010

TRIBUNAL REVOCÓ MEDIDAS SUSTITUTIVAS DE PRISIÓN

Sócrates Garcete deberá regresar al penal de Tacumbú

El Tribunal de Apelación integrado por los magistrados Tomás Damián Cárdenas, Gustavo Ocampos González y Natividad Mercedes Meza revocó la libertad condicional otorgada a Sócrates Garcete en la causa sobre lesión de confianza, desvío de mas de 14 mil millones de guaraníes de la Unión Europea.

Revocan libertad condicional a implicado en el desvío de mas de 14 mil millones de guaraníes de la Unión Europea. Sócrates Garcete fue condenado como cómplice del padre salesiano José Antonio Rubio.

 

Los fondos de la Unión Europea eran destinados a la construcción de pozos artesianos, según la acusación. En el caso, está también implicado el supuesto estafador Rubén Ramírez Cataldo.

 

Garcete debía cumplir trabajos comunitarios, fuera de la prisión, pero con esa revocatoria, se dispone su regreso al penal de Tacumbú.

 

El documento refiere que el incumplimiento en flagrancia de la condena a pena privativa de libertad por parte del condenado Sócrates Garcete es suficiente a tenor de los dispuesto por el articulo 51 del Código Penal para denegar la libertad condicional solicitada por la defensa técnica del mismo.

 

La resolución indica que la flagrancia se encuentra plenamente probada en autos ya que el condenado Sócrates Garcete se notifico del Acuerdo y Sentencia de la Corte Suprema de Justicia y al quedar ejecutoriada la condena en su contra jamás se presentó en forma voluntaria para su cumplimiento razón por la cual el juzgado de ejecución dicto el A.I  Nº 1675 disponiendo la captura en todo el territorio de la Republica, quien una vez aprehendido debía pasar a guardar reclusión en la Penitenciaria nacional de Tacumbú, sin embargo el citado condenado con condena firme no se presentó voluntariamente, para cumplir con la misma y al contrario fue aprehendido en una barrera policial conforme los documentos agregados a folios 122/124 de estas compulsas.

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