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Corte Suprema de Justicia

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23 DE NOVIEMBRE DE 2009

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Declaran inaplicable decreto presidencial que dispuso retiro de cuatro comisarios

Mediante el Acuerdo y Sentencia N° 818, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inaplicable un decreto presidencial que dispuso el retiro de cuatro comisarios, alegando que el Tribunal de Calificaciones de la Policía Nacional utilizó como argumento una causal no prevista en sus normativas. Firmaron la resolución los ministros Antonio Fretes, Víctor Núñez y Miguel Bajac.

Según el Acuerdo y Sentencia Nº 818, emanado de la Sala Constitucional de la Corte, el pasado 12 de noviembre, hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad que promovieron cuatro comisarios principales contra el decreto del Poder Ejecutivo que los pasó  a retiro. Los accionantes César Benítez, Carlos Sánchez, Dionisio Villalba Delgado y Rogelio Luis Cardozo recurrieron el Decreto Nº 1315 del 15 de enero de 2009, que los pasó al cuadro pasivo de la Policía Nacional.

Previamente, el Tribunal de Calificaciones de Servicios dispuso la aplicación de las disposiciones contenidas en los artículos 52, 55 y 72 de la Ley 222/93 “Orgánica de la Policía Nacional”.

 

Sin embargo, la Sala Constitucional, integrada por Víctor Núñez como preopinante, Antonio Fretes y Miguel Oscar Bajac, por unanimidad, sostuvo que el Tribunal de Calificaciones alegó la determinación en una causal no prevista en la legislación.


El mencionado decreto, firmado por el presidente Fernando Lugo, sostenía que Benítez, Sánchez, Villalba y Cardozo fueron pasados a retiro porque el comandante de la Policía Nacional, designado el 24 de noviembre de 2008, comisario Viviano Machado, era menos Orgánica Policial”  señalan, los ministros.

“El decreto, al no ajustarse a normas que sean aplicadas concretamente a los accionantes, motiva una desinteligencia e incongruencia por parte del Poder Ejecutivo, cercenando de esta manera los artículos 47 (De las garantías de la igualdad) inciso 2 y 127 (Del cumplimiento de la Ley)  de la Carta Magna” dijeron los ministros al declarar inconstitucional, el decreto firmado por el presidente Lugo.
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