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05 DE DICIEMBRE DE 2006

MAGISTRADO ELIO OVELAR VOTÓ EN DISIDENCIA

Para la presidenta del Tribunal, principales acusados en el caso Ycuá Bolaños son culpables de homicidio doloso

Para la presidenta del Tribunal de Sentencia del caso Ycuá Bolaños, María Doddy Báez, los principales acusados por el siniestro del supermercado Ycuá Bolaños, Juan Pío Paiva, Víctor Daniel Paiva y Daniel Areco son culpables de homicidio doloso eventual grave. En su voto, la magistrada, también declara culpables a los accionistas de la cadena por homicidio culposo y exposición de personas a lugares peligrosos.

La presidenta del Tribunal de Sentencia del caso Ycuá Bolaños, María Doddy Báez; en medio de aplausos por parte de los querellantes, dictó hoy en su voto la culpabilidad de los principales acusados Juan Pío Paiva, Víctor Daniel Paiva y Daniel Areco por el delito de homicidio doloso eventual grave, exponiéndose así a una condena de hasta 25 años de prisión. Juan Pío Paiva, fue también declarado culpable por el delito de exposición de personas a lugares de trabajo peligrosos.

 

La presidenta del colegiado María Doddy Báez indicó que los tres culpables obraron con plena capacidad mental y sin el amparo de una reglamentación jurídica, haciendo referencia a la norma de supermercados que establecen el cierre de puertas durante cortes de energía eléctrica para evitar el robo de sus mercaderías.

 

Respecto a la reprochabilidad de los accionistas María Victoria Cáceres, Humberto Casaccia, Antolina Burgos y Agustín Alfonzo; la presidenta del colegiado concluyó de que también son culpables por los hechos punibles de homicidio culposo y exposición de personas a lugares peligrosos de trabajo, alegando que violaron varias disposiciones legales que protegen al trabajador y no dando cumplimiento a las normas mínimas de seguridad de sus empleados. De esta forma, se exponen a una condena de siete años y medio de prisión.

 

Durante la lectura de la primera parte de la sentencia, la presidenta del Tribunal de Sentencia, María Doddy Báez afirmó que todas las evidencias y estudios periciales, incluida la declaración del Presidente de la República; confirmaron que las puertas del centro comercial estaban cerradas el 1 de agosto de 2004 durante el siniestro.

 

Voto en disidencia

En contrapartida, el juez Elio Ovelar emitió su voto en disidencia respecto al grado de reprochabilidad de los principales acusados, indicando que los mismos cometieron homicidio culposo. Posteriormente se declaró un cuarto intermedio para luego escuchar el voto del juez Manuel Aguirre.

 

 

Reprochabilidad de los acusados

 

Acusado

Delitos cometidos

 

Juan Pío Paiva

- Homicidio Doloso eventual grave.

 

- Exposición de personas a lugares peligrosos de trabajo.

(Homicidio Culposo según Elio Ovelar)

 

Víctor Daniel Paiva

 

- Homicidio Doloso eventual grave.

(Homicidio Culposo según Elio Ovelar)

 

Daniel Areco

 

 

- Homicidio Doloso grave.

(Homicidio Culposo según Elio Ovelar)

 

 

María Victoria Cáceres de Paiva

 

 

- Homicidio Culposo.

 

- Exposición de personas a lugares peligrosos de trabajo.

 

 

Humberto Casaccia

 

 

- Homicidio Culposo.

 

- Exposición de personas a lugares peligrosos de trabajo.

 

 

Antolina Burgos de Casaccia

 

 

- Homicidio Culposo.

 

-Exposición de personas a lugares peligrosos de trabajo.

 

 

Agustín Alfonzo

 

 

- Homicidio Culposo.

 

- Exposición de personas a lugares peligrosos de trabajo.

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