28 DE JUNIO DE 2021
CIRCULAR N° 42/2021
Comunicado de la Dirección General de Administración y Finanzas
La Corte Suprema de Justicia a través de la Dirección General de Administración y Finanzas, comunica por medio de la Circular Nº 42/2021, a magistrados y funcionarios obligados a rendir viáticos, que los comprobantes (Facturas) a ser presentados en dicho concepto, deberán cumplir estrictamente con requisitos tributarios establecidos en las siguientes reglamentaciones que se citan más abajo.
Requisitos tributarios establecidos en las siguientes reglamentaciones:
1) Decreto Nº 10797/2013, Art 20º “Por el cual se establecen los requisitos no preimpresos para la expedición de facturas”.
2) Decreto Nº 8345/2006, Art 46º Punto 1 “Por el cual se dispone que los documentos (Facturas) deberán ser expedidos en forma clara, sin tachaduras ni enmiendas”.
En caso de incumplimiento, queda autorizada la Tesorería Institucional al rechazo del comprobante (Factura) observado.
(Se adjunta pdf)
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