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Corte Suprema de Justicia

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29 DE OCTUBRE DE 2020

IMPLEMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE Y TRAMITACIÓN JUDICIAL ELECTRÓNICA

Recuerdan vigencia de Fiscalización Electrónica de tasas judiciales

En el marco de la implementación efectiva del Expediente y Tramitación Judicial Electrónica, la Corte Suprema de Justicia recuerda la vigencia de la Fiscalización Electrónica de las tasas judiciales abonadas en los juicios tramitados ante los juzgados de las Circunscripciones Judiciales de Asunción, Alto Paraná, Cordillera y Concepción.

La liquidación de las tasas judiciales seguirán tramitandose de forma habitual. Para realizar la Fiscalización Electrónica, deberán incorporar dentro de un mismo archivo PDF:
- La liquidación;
- El comprobante de pago de la tasa judicial; y
- El escrito inicial de la demanda.
Se enfatiza que este es el orden requerido a los efectos de la fiscalización.
El profesional deberá enviar un correo electrónico dependiendo de la Circunscripción Judicial en la que se tramitará el expediente judicial, solicitando la fiscalización electrónica del pago, adjuntando el archivo PDF mencionado, a fin de que los funcionarios de la Oficina de Fiscalizaciones procedan a verificar los datos del pago.

Las direcciones de correos electrónicos habilitados son las siguientes:

CIUDAD/CIRCUNSCRIPCIÓN

CORREO ELECTRÓNICO

Asunción

fiscalizacion@pj.gov.py

Alto Paraná

fiscalizacionap@pj.gov.py

Cordillera

fiscalizacioncor@pj.gov.py

Concepción

fiscalizacioncjc@pj.gov.py

 

Si el pago y los datos se encuentran asociados correctamente, el fiscalizador lo certificará firmando digitalmente el escrito y responderá el correo electrónico del profesional, adjuntando el escrito fiscalizado electrónicamente.


En caso de que en el proceso de verificación el fiscalizador advierta errores en el pago, responderá el correo del solicitante indicando el inconveniente, a fin de que el profesional lo subsane y vuelva a realizar el proceso requerido.


El archivo PDF firmado digitalmente por los fiscalizadores es el documento que el usuario deberá ingresar como su escrito inicial al momento del registro de la causa en el Sistema de Mesa de Entrada en Línea.

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