11 DE JUNIO DE 2020
SALA CONSTITUCIONAL AMPLIADA
Corte Suprema resuelve no hacer lugar a acción planteada por la CGR
La Sala Constitucional ampliada sesionó de manera extraordinaria hoy jueves 11 de junio desde las 08:20 para estudio y decisión de la causa caratulada: “Acción de Inconstitucionalidad promovida por la Contraloría General de la República en los Autos Caratulados: Amparo Constitucional promovido por el señor Juan Carlos Lezcano Flecha c/ Contraloría General de la Republica”. La sesión fue transmitida en vivo por los medios oficiales de la institución
La Sala Constitucional ampliada estuvo conformada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, y los ministros Eugenio Jiménez Rolón, Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes. Participaron de manera telemática los miembros de Tribunales de Apelación Oscar Paiva Valdovinos, Valentina Núñez, Marcos Riera Hunter, Guido Cocco y María Mercedes Buongermini (también integrantes de la Sala Ampliada).
La votación se realizó en el siguiente orden, dispuesto tras un sorteo llevado a cabo el 8 de mayo pasado:
1) Dr. Guido Cocco
2) Dr. Alberto Martínez Simón
3) Dr. Manuel Ramírez Candia
4) Dr. Marcos Riera
5) Dr. Eugenio Jiménez Rolón
6) Dra. Valentina Núñez
7) Dr. Oscar Paiva
8) Dra. Carolina Llanes
9) Dra. María Mercedes Buongermini.
El secretario de la Sala Constitucional, abogado Julio Pavón, procedió luego a la lectura de la parte resolutiva que se reproduce a continuación:
La Corte Suprema de Justicia, Sala Constitucional Ampliada, resuelve:
1) NO HACER LUGAR a la Acción de Inconstitucionalidad promovida por la Contraloría General de la República, representada en autos por el abogado César Bernardino Núñez Alarcón, contra: a) SD N° 24 del 8 de mayo de 2018 dictada por el Juzgado Penal de Garantías N° 4, b) AI N° 366 del 11 de mayo de 2018 dictada por el Juzgado Penal Garantías N° 4 , aclaratoria, c) Acuerdo y Sentencia N° 30 del 7 de junio de 2018, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Penal Primera Sala, d) Acuerdo y Sentencia N° 32 del 15 de junio de 2018, dictada por el Tribunal de Apelación en lo Penal Primera Sala aclaratoria, e) Acordada N° 1005 de 21 de septiembre de 2015 dictada por la Corte Suprema de Justicia.
2) Imponer las costas en el orden causado.
3) Anotar, registrar y notificar.
La sesión fue transmitida a través del sitio online de TV Justicia (www.tvjusticia.gov.py), las cuentas oficiales en redes sociales y la página web del Poder Judicial (www.pj.gov.py). Asimismo, fue replicada en los distintos medios de comunicación nacionales.
Descargar documento: Acuerdo y Sentencia N°111 [ Formato PDF - 22 MB ]