08 DE ABRIL DE 2020
COMUNICADO
Acordada 1.373 sólo regirá si no se prolonga la cuarentena
La Corte Suprema de Justicia aclara que la Acordada 1373 del 7/4 regirá desde el 13/4 solo si el Gobierno Nacional no prolonga el cese de actividades públicas y privadas.
Así, el art. 2do. in fine de esa acordada dice: "...En caso que el Gobierno Nacional decidiera prolongar la restricción de las actividades públicas y privadas, el pleno de la Corte Suprema de Justicia, a través del Presidente podrá disponer la suspensión de la entrada en vigencia de esta Acordada y la prórroga de lo dispuesto en las Acordadas 1366 y 1370"