01 DE DICIEMBRE DE 2016
EN CONSIDERACIÓN A LA LEY Nº 371/72
Unifican términos de tasador y avaluador
La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia informa que en la especialidad de peritos judiciales fue unificada y estandarizada la palabra tasador en la denominación de avaluador considerando la Ley Nº 371/72, Art. 2, Inc. K, que establece la avaluación de bienes económicos en general, así como la recomendación realizada por la Asociación de Peritos Judiciales del Paraguay respecto a la unificación de los términos de tasador y avaluador.
La especialidad de peritos judiciales fue unificada y estandarizada la palabra tasador en la denominación de avaluador considerando la Ley Nº 371/72, Art. 2, Inc. K.
Dicha ley establece la avaluación de bienes económicos en general, así como la recomendación realizada por la Asociación de Peritos Judiciales del Paraguay respecto a la unificación de los términos tasador y avaluador.
Esta comunicación se realiza conforme a las funciones dispuestas por la Acordada Nº 1.066/2016, remitente la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia.