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Corte Suprema de Justicia

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11 DE DICIEMBRE DE 2007

PARA FORMACIÓN PROFESIONAL

Establecieron los criterios básicos para la concesión de becas a magistrados y funcionarios

La Corte Suprema de Justicia reglamentó la concesión de becas a magistrados y funcionarios para su formación profesional, estableciendo que los cursos deben guardar estrecha relación con la función que desempeñan dentro de la institución.

Durante la sesión plenaria del día martes 11 de diciembre, el máximo tribunal del país reglamentó la concesión de becas a magistrados y funcionarios de la Corte Suprema de Justicia dentro y fuera del país. Por ello aprobó un reglamento presentado por la Dirección de Recursos Humanos, con la finalidad de establecer los criterios básicos que serán tenidos en cuenta al momento de estudiar las solicitudes.

 

En ese sentido, se estipuló que para acceder a los subsidios o subvenciones otorgados por la institución al personal comprendido en el Anexo del Personal Permanente, se deberá demostrar que el curso de capacitación guarda estrecha relación con las funciones que desempeña el solicitante y que incluye gastos tales como inscripciones, matrículas, cuotas, gastos de traslado, estadía, textos, folletos y otros gastos inherentes a los cursos y eventos. La disposición menciona que se concederán becas para Cursos de Masterados, Cursos de Post Grado, Cursos de Actualización y Perfeccionamiento, Seminarios, Congresos, Charlas.

 

Las becas que concedidas subvencionarán el importe de los derechos de matriculación y otros, relacionados con la inscripción del beneficiario en el evento de capacitación, el importe de los libros y otros útiles requeridos para el evento.

 

Para viajes al exterior, contemplará el pago de 2/3 (dos terceras partes) del viático correspondiente de la Tabla de Viáticos para Viajes al Exterior vigente en la Institución, el importe equivalente al 60% (sesenta por ciento) del Jornal Mínimo Mensual, para las actividades, gastos médicos y el importe de los pasajes y gastos de estadía del beneficiario, conforme con la Tabla de Viáticos para Viajes al Interior del país.+

 

El beneficiario de una beca, dentro o fuera del país, con duración superior a 3 (tres) meses, antes de usufructuar la beca, deberá suscribir un Acuerdo de Prestación de Servicios que compromete al beneficiario a prestar servicio en la Institución, inmediatamente luego de retornar de la beca.

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