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Corte Suprema de Justicia

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28 DE NOVIEMBRE DE 2007

SE DEBERA INTEGRAR NUEVO TRIBUNAL DE SENTENCIA

Corte ordena acumulación de causas en el caso del plagio de Sebastián Llano

La Corte Suprema de Justicia, hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad planteada por los fiscales Néstor Suárez y Cinthia Lovera contra las resoluciones firmadas por la jueza de Liquidación y Sentencia, Sandra Farias y del Tribunal de Apelación, Tercera Sala de la Capital en el expediente que involucra a Lourdes Aquino, Cristian Carro Córdoba, Eugenio Fidel Chávez, Anselmo Acuña y otros sobre hecho punible contra la libertad de las personas, secuestro y asociación criminal. Se ordena, asimismo la remisión de la causa a la Oficina de Sorteo de Cuentas Penales para la correspondiente acumulación de la causa en un solo juicio oral y la fijación de un nuevo Tribunal de Sentencia.

La Corte Suprema de Justicia dispuso remitir el expediente que involucra a Lourdes Aquino, Cristian Carro Córdoba, Eugenio Fidel Chávez, Anselmo Acuña y otros, a la Oficina de Sorteo de Cuentas Penales a los efectos de acumular las causas en un solo juicio oral y público. Los citados están procesados por los delitos de hecho punibles contra la libertad de las persona, secuestro y asociación criminal, en el que resultó víctima el ganadero Sebastián Llano.

 

Para ello, la Sala Constitucional de la máxima instancia judicial hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad planteada por los fiscales Néstor Suárez y Cinthia Lovera en contra de las resoluciones firmadas por la jueza de Liquidación y Sentencia, abogada Sandra Farias por las que rechaza el pedido de acumulación de las causas y el recurso de reposición formulado por los citados fiscales.

 

Asimismo, la máxima instancia judicial hizo lugar a la acción planteada en contra de la resolución dictada por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Tercera Sala de la Capital por la cual rechazó el recurso de apelación formulado por los representantes del Ministerio Público.

 

La Corte Suprema de Justicia,  dispuso además, que una vez realizado el sorteo, se fije un nuevo Tribunal de Sentencia para el correspondiente desarrollo del juicio oral y público. 

 

El ministro de la Corte Suprema y miembro de la Sala Constitucional, doctor José Altamirano, argumenta en su voto que las resoluciones impugnadas son violatorias de la Constitucional Nacional por lo que corresponde admitir la acción de inconstitucionalidad planteada por los fiscales Suárez y Lovera, en tanto, el doctor Antonio Fretes votó en disidencia argumentando que no existió lesión ni vicio alguno que reparar y que  por lo tanto corresponde desestimar la acción de inconstitucionalidad planteada.

 

Sin embargo, el ministro, doctor Víctor Núñez se adhirió al voto del ministro Altamirano, con lo que se hizo lugar al planteamiento de los fiscales.
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