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Corte Suprema de Justicia

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14 DE NOVIEMBRE DE 2007

CASO DE SECUESTRO DEL EMPRESARIO CESAR CABRAL

Sala Penal anuló condena a conocido humorista

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia anuló la sentencia de tres años dictada contra Héctor Rubén Fernández Berardi, más conocido como “Chacho Taboada” por su implicancia en un caso de secuestro en el que resultó víctima el empresario tabacalero César Cabral. La resolución fue firmada por los ministros, doctores Sindulfo Blanco, Alicia Pucheta de Correa y Miguel Bajac.

La Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala Penal otorgó la libertad a Héctor Rubén Fernández Berardi, (Chacho Taboada), condenado a tres años de prisión por su implicancia en el secuestro del empresario tabacalero César Cabral.

 

De esta manera los ministros, integrantes de la mencionada Sala, doctores Sindulfo Blanco, Alicia Pucheta de Correa y Miguel Oscar Bajac dejan sin efecto la condena dictada en su momento por el Tribunal de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Alto Paraná y Canidenyú y ratificada por el Tribunal de Apelación en lo Criminal, Tercera Sala de la misma circunscripción. Con esta resolución, también se declara la absolución de reproche de Fernández Berardi.

 

De acuerdo al análisis y voto del ministro Sindulfo Blanco, que contaron con la adhesión de los doctores Alicia Pucheta de Correa y Oscar Bajac, se menciona la errónea imposición de la sanción por la falta de correcta apreciación de las pruebas tenidas como fundamentos en el juicio oral y público y la falta de certeza en la participación de Taboada en el delito en cuestión.

 

Se aclara, además que Taboada no tuvo participación en el ilícito, habiendo simplemente actuado en relación comercial con el señor Idalio Ramón Silvero, considerado como cabecilla de la banda de secuestradores y pareja de Graciela Duarte, otra de las condenadas en el caso, y que dicha relación fue mal entendida como forma de participación en el hecho, utilizándose erróneamente el tipo penal de asociación criminal, para una forma de participación dentro de otro tipo penal, postura por la cual los defensores solicitaron la nulidad de la sentencia.

 

Asimismo, se menciona que, teniendo en cuenta las pruebas ingresadas en los juicios orales realizados, Taboada desconocía la planificación, ejecución y culminación del hecho perpetrado, “elementos que unidos a lo ingresado en el momento del debate y a las garantías constitucionales podrían alterar la cosa juzgada en el presente caso, introduciéndose la duda sobre la participación del  señor Hector Rubén Fernández en el hecho de secuestro del que resultara víctima el Sr. Cesar Cabral” señala, una parte de la resolución.

 

Menciona, igualmente que en su momento el Tribunal de Mérito determinó que Hector Rubén Fernández “prestó servicios” a la Asociación, pero que no se precisó con certeza en que consistió dichos servicios, pasando a ser una mera presunción de segundo grado, forma anómala de razonamiento lógico, y que por lo tanto no  puede constituir sustento de condena.

 

Cabe señalar que el empresario César Cabral fue secuestrado en Ciudad del Este, en agosto del 2003 y liberado posteriormente tras pagar una fuerte suma de dinero en concepto de rescate.
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