30 DE OCTUBRE DE 2007
CONSECUENCIA DE LA HUELGA
Corte dispone que plazos procesales que vencían ayer, fenezcan en la fecha
Debido a la huelga realizada en la víspera por los funcionarios del Poder Judicial y que fue declarada en cuarto intermedio, la Corte Suprema de Justicia resolvió, acordada mediante, que los plazos procesales que vencían ayer, fenezcan recién en la fecha. El pedido fue planteado por los dos sindicatos que encabezaron la medida de fuerza.
Atendiendo el pedido planteado por los dos sindicatos del Poder Judicial que se declararon en huelga, la Corte Suprema de Justicia resolvió que los plazos procesales que vencían en la víspera, fenezcan hoy, con el objetivo de evitar perjuicios irreparables para los litigantes, así como a terceros.
La acordada afecta a todas las circunscripciones judiciales de la República, sin perjuicio de la calificación de la huelga y sus naturales consecuencias jurídicas para los funcionarios.
Los miembros de la máxima instancia judicial aclararon, que lo decidido en la presente Acordada no afecta la realización de audiencias preliminares notificadas a las partes, tampoco el inicio y desarrollo de juicios orales en todas las Circunscripciones de la República.
En su argumentación, la Corte Suprema sostiene que “resguardando los intereses superiores de los justiciables, es necesario suspender los plazos procesales y registrales que vencen el día lunes 29 de octubre de 2007, con el objeto de evitar perjuicios irreparables para aquellos y terceros”.
Agrega que la máxima instancia judicial tiene atribuciones para dictar todos los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de la justicia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”.