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28 DE SEPTIEMBRE DE 2006

DETERMINO EL CONSEJO CONSULTIVO DE ÉTICA JUDICIAL

Jueces pueden recibir brevemente a abogados fuera de procesos

Ante la consulta de magistrados respecto a la solicitud de audiencias por parte de abogados fuera del proceso, el Consejo Consultivo de Ética Judicial dispuso que el juez no debe negarse a recibirlos, salvo razones debidamente justificadas y debiendo atenderlos por un periodo breve y ante la presencia del actuario.

En la sesión plenaria del día miércoles 27 de septiembre, el Consejo Consultivo de Ética Judicial analizó algunas consultas de magistrados. Una de ella se refería a los alcances del artículo 21 inciso 3° que refiere a las audiencias de los jueces, a los que se opinó que los mismos no deben negarse a recibir abogados fuera del proceso, salvo razones debidamente justificadas que así lo impidan.

 

Igualmente, debe recibir a la otra parte si ésta así lo solicita atendiendo al principio de igualdad e imparcialidad. Las audiencias deberán ser breves y contarán también con la presencia del actuario. El Consejo Consultivo explicó que la finalidad de dicha normativa es, además de la imparcialidad; optimizar el tiempo del magistrado en el servicio de justicia.

 

El Consejo Consultivo lo conforman Rodolfo Gill Paleari, ex camarista civil; José Kriskovich, ex camarista y profesor del fuero laboral; Raúl Fernando Barriocanal, docente y ex magistrado; Oscar Llanes, ex diplomático y profesor en la Facultad de Derecho de la UNA, y Ernesto Velázquez, ex decano de la Facultad de Derecho de la Católica. En calidad de suplentes integran el órgano: Librado Sánchez, docente de la cátedra de Etica de la UNA; Lucila Gatti de Laterza, ex camarista del fuero laboral de Asunción, y Eleuterio Miguel Fernández, abogado de Concepción.
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