PROCURADORES
Para ejercer la procuración judicial se requiere título de procurador judicial o notario expedido por una Universidad Nacional o extranjera, debidamente revalidado, o haber estado matriculado con anterioridad a este Código o haber desempeñado con buena conducta el cargo de Secretario de Juzgado de Primera Instancia o de un Tribunal, cuando menos por dos años.
- Fotocopia Autenticada del Certificado de Estudios
- Fotocopia Autenticada de Cédula de Identidad