27 DE ABRIL DE 2012
Presidente de la Corte participó de la Cumbre Judicial Iberoamericana en Argentina
El titular de la Corte Suprema de Justicia, doctor Víctor Núñez participó de la Cumbre Judicial Iberoamericana que se realizó en la ciudad de Buenos Aires, Argentina. Durante su intervención se refirió acerca de la resolución de la Cámara de Senadores que dispuso, fuera de sus atribuciones constitucionales, no confirmar en sus cargos a siete ministros de la máxima instancia judicial, remarcando que la única vía para destituir o removerlos es a través del juicio político. Asimismo, instó a sus pares a realizar esfuerzos de manera conjunta para fortalecer declaraciones internacionales en defensa de la independencia judicial, que se constituye en garantía fundamental para construir una justicia al servicio de la ciudadanía.
Además, la autoridad judicial realizó un informe pormenorizado a sus pares de Iberoamérica sobre la crisis de poder desatada en nuestro país, con la resolución de la Cámara de Senadores, que fuera de sus atribuciones constitucionales dispuso “no confirmar” en sus cargos a siete ministros de la Corte Suprema de Justicia, aclarando que la única vía para destituir o remover es la del juicio político. Y señaló que por imperio de su Constitución Nacional, la República del Paraguay se organiza como un “Estado Social de Derecho” y adopta para su gobierno la democracia representativa, participativa y pluralista, fundada en el reconocimiento de la dignidad humana.
En su exposición, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, también recordó que esta situación provocó una reacción considerable de muchos sectores de la sociedad paraguaya, así como de organizaciones internacionales y asociaciones del extranjero, en defensa de la institucionalidad y de la independencia judicial. Puntualizó que la Corte Suprema reunida en pleno dictó posteriormente la Resolución 3727/12 con la cual declaró que la mencionada disposición del Senado “carece de validez jurídica por imperio del Art.137 de la Constitución de la República”.
Mencionó que dicho artículo constitucional señala que “la ley suprema de la República es la Constitución”, establece el orden de prelación de leyes y expresa que “quienquiera que intente cambiar dicho orden, al margen de los procedimientos previstos en esta Constitución, incurrirá en los delitos que se tipificarán y penarán en la ley”. Asimismo, señala que “carecen de validez todas las disposiciones o actos de autoridad opuestos a lo establecido en esta Constitución”.
Recordó que no es la primera vez en Paraguay que la Cámara de Senadores pretende arrogarse una facultad que no le está atribuida por la Constitución ya que en el año 1999 había generado una resolución similar (Resolución 421/1999) que pretendía “cesar en sus funciones” a varios ministros de la Corte Suprema de Justicia, eludiendo el mecanismo del juicio político señalado por la Carta Magna y que en aquella ocasión, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sostuvo que de acuerdo a la resolución senatorial “algunos ministros de la Corte Suprema de Justicia cesarían en sus funciones sin haber sido sometidos a un juicio político formal, siendo que conforme al artículo 261 de la Constitución, “los ministros de la Corte Suprema de Justicia sólo podrán ser removidos por juicio político...”.
Agregó que la misma CIDH manifestó en ese Informe que “la vigencia de los derechos y libertades en un sistema democrático requiere un orden jurídico e institucional en el que las leyes prevalezcan sobre la voluntad de los gobernantes, y en el que exista un control judicial de la constitucionalidad y legalidad de los actos del poder público, vale decir, presupone el respeto del estado de derecho”.
Enfatizó que la independencia judicial es un principio fundamental que sustenta todo el edificio de la Justicia ya que sin independencia, el magistrado no hallará la suficiente tranquilidad ni garantía para ejercer la majestad de la Justicia. Indicó que la CIDH en sucesivos y congruentes fallos, ha determinado que la independencia del Poder Judicial es “esencial para el ejercicio de la función judicial” y que la misma resulta “indispensable para la protección de los derechos fundamentales”, por lo que esta independencia debe ser garantizada por todas las instituciones del Estado.
Añadió que el reclamo ciudadano impulsa a alcanzar la Justicia de calidad y que esta no podrá ser lograda sin la transparencia institucional y sin la modernización que nos impone el Siglo XXI. En cuanto a los pasos emprendidos en nuestro país en este aspecto, comentó que desde el 2010 la Corte Suprema de Justicia viene implementando un Programa de Transparencia, Integridad y Rendición de Cuentas que, mediante un trabajo conjunto con la sociedad civil, impulsó la atención de esta problemática y el monitoreo del cumplimiento de estándares a través de mecanismos participativos como encuestas ciudadanas, audiencias públicas y conversatorios ciudadanos.
Además la máxima instancia judicial, como institución, está plenamente incorporada al Plan Nacional de Integridad, diseñado como parte de los compromisos del Paraguay en el marco de la Convención Interamericana de Lucha contra la Corrupción y que en este ámbito, aporta relevantes avances con su Sistema de Ética Judicial, el impulso y reglamentación de las declaraciones jurada de bienes de magistrados y funcionarios, su Sistema de Quejas y Denuncias, el Sistema Disciplinario del Poder Judicial, entre otros.
También mencionó que a través de la cooperación internacional, se concretaron programas y acciones, uno de ellos, auspiciado por la Agencia de Cooperación de los Estados Unidos de América, incluye en su desarrollo acciones para aumentar la transparencia, la profesionalización del servicio de justicia y la eficiencia en la administración judicial. Remarcó que la Corte también se incorporó al proceso de implementación del Modelo Estándar de Control Interno para Instituciones Públicas (MECIP), que el Gobierno Nacional decidió impulsar como mecanismo para mejorar la transparencia, eficiencia y eficacia en la gestión pública.
Igualmente habló sobre el impulso de la participación ciudadana y de un mayor acceso a la Justicia constituye preocupación fundamental y por ello se dio radical prioridad al cumplimiento de los estándares y objetivos propuestos en las denominadas “Cien Reglas de Brasilia”. En cuanto a la modernización del Poder Judicial, mencionó que la aprobación de la modificación de la Ley de la Firma Digital depende del Congreso y que los pasos dados para la futura implementación del Expediente Electrónico Judicial, constituyen los retos más ambiciosos de la Administración de Justicia y que en ese contexto de tareas emprendidas dentro de nuestro Plan Estratégico Institucional para el período 2011-2015, se siguen desarrollando programas tendientes para modernizar, transparentar y mejorar la impartición de Justicia.
Cabe destacar que en la apertura de la Cumbre, el titular de la Corte Suprema de la Nación Argentina, Ricardo Lorenzetti, expresó que la sociedad debe reclamar la independencia judicial y que se debe trabajar para que los poderes judiciales generen confianza en la misma y la Justicia debe estar “más cerca” de la gente. Destacó también que el problema de la independencia judicial es un problema de la región y que debe ser motivo de reflexión; y no debe interesar solo a los jueces sino a la sociedad.
Recordemos que los ejes temáticos desarrollados en los encuentros fueron: Calidad en la Justicia, Justicia Medioambiental, Capacitación Judicial, Plan Estadística Judicial, Atención a la Víctima, Portal Conocimiento Jurídico, Brecha Tecnológica y Transparencia e Integridad. Los países miembros de la Cumbre son: Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay, Venezuela y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.