25 DE MARZO DE 2011
Próximo 1 de abril entra en vigencia la Acordada N° 658/2010
El nuevo Sistema Disciplinario del Poder Judicial regirá desde el próximo 1 de abril. El mismo tiene el fin de regular todo lo que se refiere al régimen de faltas y sanciones y comprende normas procesales y de fondo, que están basadas en su mayoría en la Constitución y en el Código de Organización Judicial y la Ley 609/95.
La acordada será aplicada a magistrados, funcionarios, contratados y auxiliares de justicia (incluyendo a los abogados y procuradores, escribanos públicos, rematadores, traductores e intérpretes y oficiales de justicia) que desempeñan sus funciones en la institución.
Este sistema disciplinario del Poder Judicial divide las faltas cometidas en graves y leves constituyendo las mismas uno de los aportes más sustantivos a la acordada actual. Cabe mencionar que son reglas que permiten establecer la gravedad de las infracciones para la determinación de las medidas disciplinarias aplicables.
Con esta normativa se asigna objetividad y transparencia al Sistema Disciplinario del Poder judicial y se brinda mayor garantía a las personas denunciadas o sumariadas ya que no podrán ser sumariadas o sancionadas en base a interpretaciones subjetivas de normas genéricas o no adecuadamente delimitadas.
A los efectos de garantizar el debido proceso la Acordada establece el principio de presunción de inocencia de los sujetos obligados hasta que no hayan sido sancionados mediante el correspondiente procedimiento disciplinario, sin perjuicio de las medidas cautelares de urgencia adoptadas por el Consejo de Superintendencia de Justicia. Asimismo, se garantizará al sumariado el derecho a la defensa y al debido proceso, de conformidad a la Constitución de la República del Paraguay.