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23 DE DICIEMBRE DE 2022

Convenio con Núcleo SA para fortalecer el Oficio Electrónico

Con el fin de fortalecer y optimizar el trámite denominado Oficio Judicial Electrónico, el vicepresidente primero en ejercicio de la presidencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), doctor Alberto Martínez Simón, y los ministros Luis María Benítez Riera y César Diesel, en representación de la institución, suscribieron este lunes 19 un convenio con Núcleo SA, representada por el gerente general de dicha empresa, Juan Carlos Pepe. El convenio se llevó a cabo en la Sala del Pleno de la máxima instancia judicial y contó igualmente con la presencia de la directora de DGTIC’s de la CSJ, licenciada Rosaliz Chamorro.

El acto de firma del documento se desarrolló este lunes 19 en la sede del Palacio de Justicia de Asunción y el objetivo principal del convenio es la implementación de un esquema de gestión interinstitucional tendiente a optimizar el trámite de los Oficios Judiciales y, en consecuencia, lograr un mejor servicio a la ciudadanía.

Sirve para establecer mecanismos que contribuyan al desarrollo y fortalecimiento de la seguridad jurídica, el principio de legalidad, el acceso a la justicia y a la información, considerando que las acciones que serán desarrolladas se enmarcarán en la Ley N° 6822/2021, “De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos”, la Ley N° 6495/2020, “Que autoriza la implementación del sistema de audiencias por medios telemáticos en el Poder Judicial y el Ministerio Público”, y demás concordantes obrantes en el plexo normativo nacional.

El objetivo específico del presente convenio consiste en establecer mecanismos tecnológicos para el acceso por parte de la  CSJ a información generada por Núcleo SA, bajo un esquema técnico definido por la CSJ al que se adhiere la otra parte, para acceder al Sistema de Gestión de Oficios Electrónicos.

Los Oficios Electrónicos remitidos por los Juzgados, Tribunales y Oficinas Administrativas a “Núcleo SA” deberán ser precisos, exactos e inequívocos y contendrán todos los requisitos y exigencias correspondientes, a efectos de su correcto cumplimiento. En todos los casos deberán atenderse los plazos reglamentarios de guarda de datos de llamadas, dictados por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, salvo resolución fundada del Juez.

La información remitida por “Núcleo SA”, en cumplimiento a una orden judicial, una vez recibida en el ámbito de la CSJ, será exclusiva responsabilidad del funcionario que lo solicitó, deslindando de toda y cualquier responsabilidad a “Núcleo SA” y sus empresas vinculadas, afiliadas, subsidiarias y/controladas, sus directivos, ejecutivos, empleados, respecto de todo y cualquier reclamo, demanda, querella, acción o pretensión por la incorrecta manipulación del contenido de la información.

El presente convenio tendrá una duración de 5 (cinco) años, a partir de la fecha de su suscripción, prorrogable automáticamente por igual término, sin necesidad de manifestación alguna de las partes. Las modificaciones solo podrán realizarse previo consenso y por escrito.

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